La ley de Servicios Sociales permitirá que la edad de las personas no sea un obstáculo para recibir las prestaciones

Actualizado: viernes, 22 septiembre 2006 19:49

VALENCIA, 22 Sep. (EUROPA PRESS) -

La ley de Servicios Sociales permitirá que la edad de las personas no sea un obstáculo para recibir las prestaciones que requieran, según informó hoy la consellera de Bienestar Social, Alicia de Miguel, tras presentar al pleno del Consell el borrador del texto, que será remitido a partir de ahora a todos los agentes sociales para ser "consensuado" y "enriquecido".

De Miguel explicó que "la edad no impedirá la continuidad de las atenciones sociales requeridas por la misma persona cuando pase de una etapa a otra ni la adaptación flexible de los límites de edad señalados, con objeto de aplicar los recursos más adecuados a cada situación". "Una persona puede sufrir una enfermedad de Alzheimer a los 50 años y no tiene por qué esperar a los 60 o 65 para tener la prestación en el área del servicio social de atención a los mayores", indicó.

La consellera manifestó que la ley tiene como objetivo "garantizar el bienestar de las personas y sus necesidades vitales" y logrará "prestar más y mejores servicios y hacerlo de manera más eficiente eficaz y cercana" a los ciudadanos. Según dijo, la norma vendrá acompañada, cuando se apruebe, de su correspondiente memoria económica, en la que ya se está trabajando.

También se mostró convencida de que se llegará "sin duda" a acuerdos con los agentes implicados, y de que el borrador "va a cambiar en algunos aspectos" y a "mejorar", "porque nuestra voluntad siempre es consensuar con aquéllos que conocen bien cuáles son las necesidades reales de la sociedad".

En virtud de esta ley, las prestaciones que persigan atender las situaciones derivadas de una situación de dependencia y vayan dirigidas a satisfacer las necesidades vitales de las personas serán exigibles como derecho subjetivo en los términos establecidos en la cartera de servicios, que señalará los requisitos de acceso a cada uno de ellos con los plazos que reglamentariamente se determinen.

De Miguel también subrayó que esta ley "fomenta el concepto de autonomía personal" y es una iniciativa "moderna y garantista", que prioriza "por encima de todo" la atención de las personas, que busca "impulsar, mejorar y promocionar el bienestar social en la sociedad valenciana", y que tiene también un contenido "innovador" desde el punto de vista legislativo.

DERECHOS

En el borrador, se otorga protección a los derechos de los ciudadanos con relación a los servicios sociales. Destacan los derechos a una atención integral o global y a la asignación de uno o varios profesionales de referencia que aseguren la coherencia y globalidad del proceso de atención, así como a elegir libremente el tipo de medidas o recursos a aplicar, entre las opciones que le sean presentadas por los profesionales.

También destaca el derecho la potenciación del mantenimiento de la capacidad de autonomía de las personas y la continuidad en su entorno social y convivencial y a la continuidad en la prestación de la ayuda o servicio en los términos establecidos o convenidos, siempre que se mantengan las condiciones que originaron su concesión. La protección del sistema de servicios sociales comprenderá prestaciones individuales técnicas, económicas o materiales.

La ley articula que el sistema valenciano de servicios sociales "pondrá todos los recursos posibles a disposición de las personas", de manera que se regula la iniciativa privada como instrumento para alcanzar este fin, indicaron fuentes de la Generalitat.

El modelo social valenciano que impulsa la Generalitat se estructura, según el borrador de ley, sobre el sistema valenciano de servicios sociales, donde la prestación de servicios se desarrollará de forma coordinada y conjunta por las Administraciones Publicas y por la iniciativa privada, constituyendo el conjunto integrado y coordinado de recursos, programas, prestaciones, actividades e infraestructuras que tengan por objeto la atención social de los ciudadanos de la Comunitat Valenciana.

Asimismo, de acuerdo con el texto, el Consejo Valenciano de Bienestar Social será, como hasta hoy, el órgano de participación social, asesoramiento y colaborador de la Generalitat en aquellas actividades del campo de los Servicios Sociales. Por otro lado, se establecen las bases para la constitución de los consejos locales de servicios sociales como órganos colegiados de participación para el asesoramiento y consulta en materia de servicios sociales en el ámbito municipal.

Entre otros instrumentos de planificación se recogen el Plan Estratégico de Servicios Sociales, el Mapa de Atención Social, así como planes y programas sectoriales.

En cuanto a la calidad y evaluación de las prestaciones sociales, se regula la mejora de la calidad de la atención social y se establece la implantación de sistemas de evaluación de la calidad. También se regula la actuación inspectora para el cumplimiento de la normativa vigente en materia de servicios sociales y se establece el régimen de infracciones y sanciones tanto de los titulares de los centros como de los usuarios de los mismos.