VALENCIA, 28 Mar. (EUROPA PRESS) -
La alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, aseguró hoy que la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número dos de la capital que declara nula la licencia de actividad calificada concedida a la clínica Virgen del Consuelo al considerar que no está permitida en la calificación urbanística que afecta al lugar en el que se ubica, "deja desprotegidos" a los vecinos de la zona porque "libera" al centro sanitario "de las medidas correctoras que le exigía el Ayuntamiento".
Barberá, que asistió hoy al derribo del muro que separa el Paseo Neptuno del recinto portuario, indicó que esta situación se mantendrá así hasta que se produzca el traslado del centro que se producirá "a medio o corto plazo", sostuvo. Asimismo, destacó que con esta decisión judicial el hospital se acoge a la licencia que le fue otorgada en 1970 "para una actividad inocua", y apuntó que hablará con los afectados antes para decidir si el consistorio recurre o no este fallo.
El juzgado estima así el recurso interpuesto por las comunidades de propietarios de cinco edificios de la calle Marqués de Campo y otro de la calle Carcagente, en los alrededores de la clínica, y declara nula la resolución de 29 de julio de 2004 del Ayuntamiento de Valencia en la que se acordó conceder al grupo Nuevas Inversiones en Servicios (Nisa) la licencia de actividad del hospital, con las medidas correctoras y los requisitos para ejercer su funcionamiento. La sentencia, con fecha 22 de marzo, condena al pago de costas al consistorio y a Nisa.
La clínica Virgen del Consuelo obtuvo licencia en 1970 para actividades no calificadas, para un centro de 193 camas, aunque desde la aplicación del Decreto 54/1990 en la que quedó incluida la actividad que desarrolla como calificada, debía estar "sometida", según el juzgado, a la obtención de la licencia para este fin.
La primera edil señaló que acata el fallo, según dijo, "como siempre he hecho con todas las sentencias judiciales, discrepe o no", aunque matizó que "estudiadas las consecuencias de la sentencia, lo que ocurre es que el juzgado ha liberado a la clínica de las medidas correctoras que le exigía el Ayuntamiento y ha devuelto la situación a la licencia concedida en el año 70 por una actividad que se consideraba inocua en ese momento".
Explicó que en 1989, siguiendo las directrices establecidas por la Generalitat Valenciana, el hospital tuvo que "adecuar" su actividad al reglamento de actividades sanitarias que regulaba este tipo de centros, por lo que "tenía que volver a pedir una licencia de actividad que se pidió y en la que trabajó el Ayuntamiento". Señaló que esta última estaba "condicionada no sólo a la ejecución de las medidas correctoras sino a la eficacia y a la agilidad" y lamentó que ahora se anule y se vuelva a la licencia concedida hace 36 años.
De este modo, resaltó que "la protección de los derechos fundamentales de los vecinos, respecto al entorno medioambiental y a los ruidos, se ha ido por el aire". Consideró que dicha protección estaba "garantizada por la licencia que ha sido anulada", dado que en ella se establecían "medidas correctoras para evitar las molestias a los vecinos", insistió. Señaló, en consecuencia, que si fuera de uno de los vecinos afectados "no estaría nada contenta" con la decisión judicial.
Rita Barberá diferenció dos actuaciones llevadas a cabo por los vecinos del entorno del hospital, por un lado, la petición de cierre de la clínica, y por otra, el recurso presentado contra la licencia dada al centro en 2004. Estimó que la situación ahora es "difícil, paradójica y contradictoria" porque hay "una contradicción entre los criterios de la justicia en dos autos distintos", el referido al cierre y el relativo a la actividad del centro sanitario.
Así, comentó que la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana "ratificó el buen y correcto hacer del Ayuntamiento" cuando los vecinos del entorno del hospital pidieron su cierre.
La alcaldesa leyó un documento en el que el 30 de noviembre de 2005, esta instancia judicial consideraba "paradójico" que "se pretenda suspender la resolución de concesión de licencia por exigencias que afectan a derechos fundamentales de los vecinos, cuando precisamente el acto municipal --la licencia otorgada por el consistorio-- exige a la clínica Virgen del Consuelo la adopción de una serie de medidas correctoras que salvaguarden a los pacientes y al entorno vecinal de posibles riesgos".
De igual modo, el tribunal señalaba, según el texto que leyó la primer edil, que "la protección de los intereses generales pasa por el mantenimiento y exigencias de esas medidas protectoras, tanto imponiendo su cumplimiento como obligando a que se ejecuten de inmediato y con la necesaria eficacia pero de forma alguna, suspendiendo el acto que las exige y que permite su ejecución".
Barberá lamentó que ahora "indirectamente" se ha fallado "en contra de este principio" y recalcó que se deja a los vecinos "sin la protección de sus derechos fundamentales".
TRASLADO DEL CENTRO
Por otro lado, recordó las "diversas reuniones" mantenidas entre responsables municipales y de la empresa Nisa para tratar el tema del traslado del centro hospitalario y aseveró que "independientemente" de la última decisión judicial, El Consuelo "a medio o corto plazo debía irse" del emplazamiento que ocupa actualmente.
Manifestó que tiene "constancia" de que "se está trabajando" en este sentido "buscando suelo" para ubicar el hospital pero advirtió de que ello llevará algún tiempo durante el cual, tras el fallo del juzgado número dos de los contencioso-administrativo, los vecinos "estarán desprotegidos las garantías de medidas correctoras", insistió.
La alcaldesa consideró necesario, por tanto, mantener un encuentro con ellos, de quienes parte el recurso, precisó, "antes de tomar la decisión de si recurro o no". Señaló que el Ayuntamiento se pondrá en contacto con los vecinos para decidir si recurre o no su recurso.