Desestimada la demanda cautelar de Mediapro contra Velasco Carballo y la RFEF por apropiación indebida

Servicio de Asistencia por Vídeo al Arbitraje (VAR).
Servicio de Asistencia por Vídeo al Arbitraje (VAR). - @RFEF - Archivo

Actualizado: viernes, 16 agosto 2019 15:03

MADRID, 16 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Majadahonda (Madrid) ha desestimado la demanda cautelar solicitada por Mediapro contra la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y Carlos Velasco Carballo, presidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), por apropiación indebida de material existente en la Sala VOR de la Ciudad del Fútbol de Las Rozas.

El Grupo Mediapro anunció el pasado martes que había denunciado ante este juzgado a Velasco Carballo y a la RFEF, como responsable civil subsidiaria, por "apropiación indebida" de este material para la prestación del servicio del VAR durante la pasada temporada y que para esta que da comienzo el viernes se encargará 'Hawk Eye'.

En concreto, reclama siete mesas técnicas, varios cables y discos NAS de almacenaje de clips de vídeo por un valor total de mercado superior a 50.000 euros. La empresa consideraba que el organismo y el excolegiado estaban "dilatando conscientemente el proceso de retirada con ánimo de apropiación ilícita".

"Dispongo desestimar la demanda cautelar formulada por la representación procesal de la entidad MEDIAPRODUCCIÓN SLU frente a la Real Federación Española de Fútbol. Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de reforma ante este juzgado, así como recurso de
apelación, sin efectos suspensivos, que resolverá la Audiencia Provincial de Madrid", indicó en su auto la Magistrada titular del juzgado, Delia Rodrigo.

En el dictamen, Rodrigo recalca que "es evidente que la no incautación del material solicitado" por Mediapro no le ocasiona "ningún perjuicio irreversible y de tal entidad que justifique la adopción" de las medidas cautelares, "ya que en el hipotético supuesto de que se ocasionasen daños al material de la parte denunciante, el mismo sería susceptible de una reparación económica".

Además, advierte de que la RFEF "no se opone" a esta entrega, sino que "se aducen una serie de dificultades técnicas para la inmediata entrega de los mismos", las cuales son "reconocidas" por la compañía audiovisual "en carta remitida a la RFEF del 10 de julio".

"Debe tenerse en cuenta que la nueva temporada de fútbol se inicia el próximo viernes día 16 de agosto, por lo que si se accediese a la medida cautelar interesada se podría ver afectada la prestación del servicio, tal y como la propia empresa Mediapro alegó en su día cuando fue requerida para la retirada del material de su propiedad ubicado en las instalaciones de la RFEF", añadió.

De este modo, "contraponiendo los derechos fundamentales que pueden verse afectados y el interés general e intereses de terceros, nuevamente debe prevalecer el criterio de denegación de la medida cautelar puesto que prevalece la emisión de una competición deportiva nacional de interés mundial sin ningún tipo de incidencia frente a una petición que, para el supuesto de producirse algún tipo de perjuicio o daño, es susceptible de reparación patrimonial".

LA RFEF CELEBRA HABER "VUELTO A GANAR A MEDIAPRO EN LOS TRIBUNALES"

La RFEF celebró este fallo, recalcando que "ha vuelto a ganar a Mediapro en los tribunales" y que "la falta de coherencia de la denuncia" de la compañía "se pone de manifiesto en la resolución, entre otras cuestiones, al recoger que la RFEF puso los mencionados equipos a disposición de la empresa, mediante comunicación efectuada el 10 de julio".

Además, el organismo resaltó "la conducta incongruente" de la empresa catalana tras haber reconocido de forma escrita "las dificultades técnicas que existían" para la retirada de este material, y que llamaba la atención que cambiase "de actitud a tan solo tres días del inicio de la competición liguera, avisando de un día para otro de su intención de retirar el material".

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