ZARAGOZA 13 Mar. (EUROPA PRESS) -
La juez titular del Juzgado de Instrucción número dos de Zaragoza, María Josefa Gil, ha condenado a un jugador del equipo de fútbol del barrio del Gancho, Cristian Velázquez, a pagar 180 euros al árbitro Deybi Cortés, a quien injurió y golpeó, según recoge la sentencia, informan fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
La magistrada-juez condena a Velázquez como autor de una falta de malos tratos y otra de injurias. Por la primera falta, la condena es de 20 días multa con una cuota diaria de seis euros (120 euros en total), con 10 días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y por la segunda falta, 10 días multa con una cuota diaria de seis euros (60 euros), con cinco días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.
La sentencia considera probado que el 23 de octubre de 2005, a las 13,22 horas, en el transcurso del partido de fútbol que celebraban los equipos del Gancho y El Olivar, en el campo de fútbol de Ranillas, el jugador Cristian Velázquez fue amonestado por el árbitro, quien le mostró una tarjeta amarilla por entrar en el terreno de juego sin autorización.
La sentencia señala que el ahora condenado llamó "gilipollas" e "hijo de puta" al árbitro, a quien agarró, le dio dos puñetazos en el pecho y en la espalda, sin que consten lesiones.
El Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de una falta de malos tratos y solicitó una pena de 30 días multa con una cuota diaria de seis euros, más las costas del juicio. La representación del denunciante consideró que se habían producido sendos delitos de malos tratos e injurias y solicitó un total de 50 días de pena multa con una cuota diaria de seis euros más las costas del juicio.
La defensa del denunciado solicitó la libre absolución de su representado, ya que estimaba que ya había sido sancionado por los mismos hechos por la federación deportiva a la que pertenece.
La magistrada-juez estima que los hechos probados son constitutivos de una falta de malos tratos y otra de injurias. El ahora condenado reconoció los hechos. La titular del Juzgado de Instrucción número 2 señala en la sentencia que no cabe indemnización alguna para el denunciante al no haberse acreditado como consecuencia de los hechos que hubiera sufrido algún perjuicio.