Varios.- Gobierno vasco aprueba el decreto de Federaciones Deportivas de Euskadi, que aborda su desarrollo reglamentario

Actualizado: martes, 31 enero 2006 15:53

Prevé la normalización lingüística para convertir al euskera en "un medio de comunicación normal" en la organización del deporte federado

VITORIA, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno vasco aprobó en su reunión de hoy el decreto de Federaciones Deportivas de Euskadi, que aborda el desarrollo reglamentario de las Federaciones Deportivas, "uno de los pilares básicos del deporte en Euskadi", según recoge el acuerdo.

El decreto, elaborado durante los últimos dos años por la Dirección de Deportes del Departamento de Cultura, cuenta con 170 artículos, agrupados en 14 títulos, junto a cinco disposiciones adicionales y cuatro transitorias, así como un catálogo anexo de modalidades y disciplinas.

La disposición "haciéndose eco del diagnóstico y de las propuestas contenidas en el Plan Vasco del Deporte", incluye un título dedicado de forma monográfica a la normalización lingüística en las federaciones deportivas del País Vasco. "El euskera, como lengua oficial de la Comunidad Autónoma, debe convertirse progresivamente en un medio de comunicación normal en la organización del deporte federado vasco", manifiesta el Gobierno vasco.

Desde este planteamiento, el decreto "trata de crear el marco jurídico propicio para ello, partiendo en todo caso de la actual realidad socio-lingüística en el seno de las federaciones deportivas".

El texto aprobado, que desarrolla el modelo federativo diseñado por la Ley Vasca del Deporte, declara a las federaciones deportivas como entidades privadas, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica. Señala que, además de sus propias atribuciones, desarrollan funciones públicas de carácter administrativo y reúnen a deportistas, técnicos y técnicas, jueces y juezas, clubes o agrupaciones deportivas y otros colectivos dedicados a la promoción o la práctica deportiva de una o varias modalidades deportivas, dentro de su ámbito territorial.

El decreto aborda "con detalle" la regulación del ejercicio de las funciones públicas por parte las federaciones deportivas, "partiendo del más absoluto respeto a los principios autoorganizativos de las federaciones deportivas". De esta forma, el Ejecutivo trata de efectuar "una completa regulación" de los aspectos relacionados con las funciones públicas de carácter administrativo que tienen delegadas, "regulación plenamente justificada en la protección de los intereses públicos presentes en su actuación como agentes colaboradores de la Administración".

El nuevo Decreto clarifica el régimen de distribución de funciones a desarrollar por las federaciones vascas y las territoriales. Asimismo, se aborda todo el régimen relativo a la adopción de medidas cautelares para garantizar el correcto ejercicio de funciones públicas y se articulan diferentes mecanismos para resolver los conflictos entre las federaciones deportivas.

También regula la materia relativa a las licencias federativas, clarifica las funciones de las federaciones territoriales y vascas en materia de emisión y tramitación de licencias, establece la obligatoriedad de que las licencias sean emitidas en las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y prevé la progresiva sustitución de los actuales formatos por otros ajustados a las posibilidades que brindan las nuevas tecnologías.

COMPETICIONES OFICIALES

Entre la regulación desarrollada en la disposición destaca la relativa a las competiciones oficiales, los calendarios federativos y las selecciones vascas y establece que "disponen de regulación propia las cuestiones relativas a la aprobación y contenido de los calendarios oficiales de las federaciones deportivas". Además, regula las competiciones mixtas con la participación de federados y no federados, "una realidad muy presente en el mundo de las competiciones deportivas".

El Decreto, que contiene la fijación de los criterios básicos para el reconocimiento de modalidades y disciplinas deportivas, prevé el régimen de unicidad federativa para cada modalidad deportiva. Una de sus novedades es la posibilidad de que una federación, por razones de interés público, pueda tener adscrita más de una modalidad deportiva.

También incluye, por vez primera, los criterios para el reconocimiento de modalidades y disciplinas deportivas, "tomando como referencia los textos normativos y propuestas existentes tanto a nivel autonómico, estatal e internacional". El Ejecutivo autónomo asegura que el deporte organizado "no es una realidad que debe aislarse de su contexto" por lo que incorpora un anexo con el Catálogo de modalidades y disciplinas. Además, regula de forma expresa diversas realidades existentes en el mundo federativo como la constitución de federaciones por fusión, escisión o la absorción de federaciones.

Otra de las cuestiones que pretende fijar el decreto es la obligatoriedad de la publicación de los estatutos federativos en el boletín oficial correspondiente. Con este objetivo, parte de "un principio jurídico básico, bastante ignorado en el mundo del deporte", que es el de que "la publicidad de las normas es un requisito esencial de su existencia y efectos".

En materia de estructura orgánica, una de las aportaciones destacadas del nuevo decreto es la limitación de los mandatos de los presidentes y de los miembros de la Junta Directiva, "limitación que se encomienda a los estatutos o reglamentos de las propias federaciones deportivas". El texto ha tenido en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo que avala tal posibilidad de limitación tendente a garantizar el dinamismo y la eficacia en la organización federativa.

VOLUNTARIADO DEPORTIVO

El Ejecutivo cree que el decreto se muestra, "muy sensible" al papel esencial del voluntariado deportivo en el seno de las federaciones deportivas "y, muy especialmente, al papel de su personal directivo" y regula la relación entre los directivos y las federaciones, derechos y obligaciones y régimen de responsabilidad.

También fija las normas en lo relativo a la revocación del reconocimiento oficial de las federaciones deportivas y el tema de la disolución, liquidación y extinción de las federaciones deportivas, incluido el régimen de la fase de liquidación de las federaciones.

Finalmente, "en aras a conseguir una igualdad de oportunidades real y efectiva entre mujeres y hombres", recoge los principios rectores de actuación de las federaciones deportivas y de las administraciones públicas de tutela. También en diversos artículos repartidos a lo largo del articulado, incorpora un título dedicado en exclusiva a la igualdad de mujeres y hombres en el campo de las federaciones deportivas.