Economía/Empresas.- TUE anula parcialmente la decisión de la Comisión de exigir a Olympic Airways que devuelva ayudas

Actualizado: miércoles, 12 septiembre 2007 13:15

BRUSELAS, 12 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (TUE) anuló hoy parcialmente la decisión de la Comisión de exigir en 2002 a la compañía aérea griega Olympic Airways que devuelva ayudas públicas. Los jueces dictaminaron que el Ejecutivo comunitario no respetó la obligación de motivar por qué algunas de las subvenciones tenían que reembolsarse.

El caso se remonta al año 1994, fecha en que Bruselas autorizó un plan de ayudas a la reestructuración otorgadas por el Estado griego a Olympic Airways con la condición de que se respetaran una seria de compromisos. En 1996, al estimar que los compromisos no se habían cumplido y que se habían concedido nuevas subvenciones, el Ejecutivo comunitario abrió un nuevo expediente.

En 1998, Grecia comunicó un plan de reestructuración revisado que la Comisión aceptó. No obstante, en diciembre de 2002, tras recibir una queja de la asociación de transportistas aéreos griegos, Bruselas adoptó una decisión en la que constataba que la mayoría de los objetivos del plan de reestructuración no se habían logrado, que las condiciones impuestas no se habían respetado, y que las ayudas se habían concedido de manera abusiva.

El Ejecutivo comunitario denunciaba además que existían subvenciones nuevas no notificadas que consistían, esencialmente, en la tolerancia por parto del Estado griego del impago o de retrasos en los plazos de pago de cotizaciones a la seguridad social, del IVA sobre el carburante y las piezas de recambio y de las tasas debidas al aeropuerto de Grecia, entre otras.

Por todo ello, la Comisión exigió a Grecia adoptar las medidas necesarias para recuperar de Olympic Airways 41 millones de euros por las ayudas a la reestructuración, así como el valor de las deudas toleradas con los intereses correspondientes. En 2003, Bruselas presentó un recurso contra las autoridades griegas ante el TUE por incumplir esta decisión y el Tribunal condenó a Atenas.

El recurso cuya sentencia hizo pública este miércoles el Tribunal de Primera Instancia fue presentado por Olympic Airways y cuestionaba la legalidad de la decisión del Ejecutivo comunitario tanto en lo que se refiere a las ayudas a la reestructuración como a la existencia de subvenciones nuevas no notificadas.

Por lo que se refiere a las ayudas a la reestructuración, el TUE rechaza todas las alegaciones de la compañía aérea sobre el carácter supuestamente abusivo de la decisión de Bruselas. En contraste, la sentencia anula parcialmente el dictamen de la Comisión por lo que se refiere a algunas de las ayudas nuevas no notificadas.

En concreto, considera que el Ejecutivo comunitario no ha motivado suficientemente por qué constituyen ayudas públicas ilegales los retrasos en el pago de las tasas al aeropuerto de Atenas o el impago del IVA sobre el carburante y sobre la compra de piezas de recambio.

Contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia cabe un recurso ante el Tribunal de Justicia, limitado a cuestiones de derecho, que puede presentarse en los dos meses siguientes a la notificación.