Economía/Finanzas.- El Gobierno regula las entidades que prestan servicios de inversión para proteger a los inversores

Actualizado: viernes, 15 febrero 2008 15:04

MADRID, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión con el doble objetivo de mejorar la protección de los inversores y de aumentar la competitividad de estas compañías.

De esta forma, el Gobierno completa la incorporación al ordenamiento jurídico español de una Directiva comunitaria de 10 de agosto de 2006, por la que se aplica otra Directiva de 2004, más conocida como MIFID.

Con la entrada en vigor de este reglamento, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las entidades tendrán más deberes de información y transparencia, al tiempo que verán facilitada su actividad en el exterior.

Asimismo, se regula un nuevo tipo de empresas de servicio de inversión: las de asesoramiento financiero (EAFI), que únicamente prestan este servicio de asesoría de y recibir y transmitir órdenes de compra y venta, pero sin captar fondos, ni valores de sus clientes. Hasta ahora, no estaban sujetas a ningún requisito especial y cualquiera podía actuar bajo la denominación de asesor financiero.

Desde ahora esta actividad estará sometida a la autorización previa y de supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), y deberá cumplir con las normas de conducta de las empresas de servicios financieros, tales como las obligaciones de información o la realización de test de idoneidad, para asegurar que el asesoramiento que realizan es el adecuado al perfil de cada cliente, entre otras.

Se incorporan todas las normas de conducta establecidas en la Directiva. De esta manera, el catálogo de normas a las que se someten las entidades financieras se convierte en derechos concretos para los inversores, cuyo cumplimiento pueden exigir, mientras que a las entidades les confiere una mayor seguridad jurídica en las relaciones con sus clientes.

Aquí se incluye toda la normativa relativa a las obligaciones de información a los clientes, incluido el test de idoneidad, así como el régimen para garantizar que las entidades realizan la mejor ejecución posible de las órdenes de sus clientes y asegurar la correcta tramitación de las distintas órdenes que reciben.

Se detallan los requisitos de organización exigibles a las entidades que prestan servicios de inversión: contratación de personal adecuado, auditoría interna y gestión de riesgos, exigencia de llevar registros de las operaciones y servicios, y prevención de conflictos de intereses, entre otros.