Economía/Fiscal.- Normas fiscales españolas pueden entrar en conflicto con la legislación de la UE, según un estudio

Actualizado: lunes, 9 enero 2006 15:04


MADRID, 9 Ene. (EUROPA PRESS) -

En España existen aún algunas disposiciones en la legislación fiscal que pueden entrar en conflicto con la normativa comunitaria, como la tributación de las ganancias patrimoniales derivadas de la venta por no residentes de bienes inmuebles situados en España o de los dividendos extranjeros recibidos por las personas físicas residentes en el país, según un estudio de Rodés y Sala Abogados recogido por Europa Press.

En concreto, los autores indican que en el caso de las ganancias patrimoniales de los no residentes, si una persona extranjera adquiere una segunda residencia en España con fines vacacionales y decide posteriormente venderla, tributa por la plusvalía obtenida en el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes a un tipo impositivo del 35%.

En cambio, si la venta del mismo bien la realizase una persona física con residencia fiscal en España, dicha ganancia patrimonial tributaría al 15% para inmuebles adquiridos con más de un año de antelación a su transmisión, situación que constituye un trato "discriminatorio" respecto a los no residentes, según el estudio.

En el caso de la tributación de dividendos procedentes de sociedades residentes en un estado miembro distinto de España, no se permite eliminar la doble imposición (la sociedad que reparte el dividendo ya ha tributado por la misma renta en su Impuesto sobre Sociedades), lo que supone, según los autores, un "clara trato discriminatorio" en favor de los dividendos de fuente española y una "restricción" a la libertad de movimientos de capitales en la UE.

Otra de las normas fiscales españolas que contradice el principio de libertad de capitales en la referente a la deducción para actividades de I+D. En concreto, cuando la actividad principal de I+D sea realizada en otro estado miembro de la UE y sobrepase el 25% del total invertido, la deducción por este concepto queda limitada, mientras que si dicha inversión principal se realiza en España, se puede aplicar la deducción en su totalidad.

LEGISLACION ANTI-PARAÍSOS FISCALES.

Entre los posibles conflictos normativos con la legislación comunitaria, también se encuentran algunas normas españolas relacionadas con los paraísos fiscales. En este sentido, dos de los nuevos estados miembros tras la ampliación, Chipre y Malta, están incluidos en la 'lista negra' española de paraísos fiscales.

De esta manera, cualquier operación en que participe una persona física o jurídica con residencia en estos dos países es penalizada actualmente por la normativa española, lo que constituye para los autores del estudio una "limitación" a la libre circulación de capitales en la UE.

Además, señalan que España no ha firmado con esos países ni ha empezado a negociar con ellos el correspondiente convenio para evitar la doble imposición, lo que conduciría de forma inmediata a la expulsión de Chipre y Malta de la citada 'lista negra'.