Montoro dice que la sentencia del TC sobre plusvalías es "una oportunidad para mejorar el sistema tributario"

Cristóbal Montoro en el Congreso de los Diputados
EUROPA PRESS
Publicado: miércoles, 17 mayo 2017 20:21

MADRID, 17 May. (EUROPA PRESS) -

El ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro, ha asegurado que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anula parcialmente el pago del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocido como plusvalía municipal, en las ventas de viviendas con pérdidas, es "una oportunidad para mejorar el sistema tributario".

Así lo ha señalado en declaraciones a los medios tras la reunión de la Comisión Mixta del Concierto Económico entre el Estado y el País Vasco, y ha asegurado que el Ministerio está trabajando con la Federación de Municipios y Provincias (FEMP), con la que se reunió a principios de abril y que se encuentra elaborando un informe para reformar el impuesto de acuerdo con la sentencia.

"La sentencia del Tribunal Constitucional requiere una nueva legislación del tributo de plusvalía municipal", ha reconocido. "Llega en un momento interesante, hay una comisión de expertos estudiando la financiación local", ha añadido Montoro, quien considera que "hay que verlo como una oportunidad para mejorar el sistema tributario".

Según indicaron fuentes del Ministerio de Hacienda a Europa Press, la FEMP se comprometió a remitir al departamento de Cristóbal Montoro un análisis exhaustivo de esta figura tributaria, que pudiera servir como guía para la reforma del tributo que ha anunciado el Ministerio para adecuarlo a lo dictaminado por el Constitucional, que ya se pronunció a principios de año en los mismos términos respecto a las haciendas forales vascas.

Por tanto, el Ministerio de Hacienda tiene intención de reformar este impuesto, después de las sentencias judiciales que ponen en duda la legalidad de su configuración actual, pero quiere hacerlo de la mano de la FEMP y dentro del proceso de reforma de la financiación local, que se puso en marcha hace varios meses con la creación de la comisión de expertos a tal fin.

El tributo, de carácter municipal, se aplica de acuerdo con una fórmula que toma como base el valor catastral del suelo y lo multiplica por un coeficiente en función del número de años que hayan transcurrido entre la compra y la venta, con lo que se paga siempre por el vendedor aunque el inmueble se haya vendido con pérdidas, situación que se ha repetido en numerosas ocasiones tras el pinchazo de la burbuja inmobiliaria y que ha motivado varios recursos al Constitucional.

NO HAY RIQUEZA REAL

La resolución del alto tribunal reitera que "en ningún caso" podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración actos o hechos "que no sean exponentes de una riqueza real o potencial", como sucede cuando la venta del inmueble se produce sin obtener ninguna ganancia o incluso con pérdidas.

De este modo, precisa, no podrá crear impuestos que afecten a aquellos supuestos en los que la capacidad económica gravada por el tributo "sea, no ya potencial, sino inexistente, virtual o ficticia".

El TC señala también que la fórmula prevista en la norma para calcular el impuesto provoca que deba pagarse igualmente en aquellos supuestos en los que el valor de los terrenos no se ha incrementado o incluso ha disminuido, "una circunstancia esta última no poco frecuente" como consecuencia de la crisis económica.

En consecuencia, indica que, a partir de la publicación de la sentencia, corresponde al legislador llevar a cabo las modificaciones o adaptaciones del régimen legal del impuesto que permitan no someter a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.