Economía/Laboral.- CC.OO. y UGT piden que sea la autoridad laboral la que regule los ERE en los procesos concursales

Actualizado: miércoles, 4 marzo 2009 18:32

MADRID, 4 Mar. (EUROPA PRESS) -

CC.OO. y UGT reclamaron hoy al Gobierno una reforma "urgente" de la Ley Consursal para que, entre otras cosas, sea la autoridad laboral, y no el juzgado mercantil, la que se encargue de regular los expedientes de regulación de empleo (ERE) en las empresas sometidas a procesos concursales.

En un comunicado conjunto, en el que afirman que desde su entrada en vigor, en septiembre de 2004, la Ley Concursal ha supuesto un "recorte drástico" de los derechos laborales, argumentan que la autoridad laboral es un "órgano experimentado y buen conocedor de los conflictos sociolaborales".

Por el contrario, aseguran que los jueces de los mercantil "no conocen suficientemente la perspectiva sociolaboral y no intervienen mediando entre las partes, sino ratificando, en el mejor de los casos, los acuerdos entre trabajadores y administración concursal".

Añaden además que "el atasco judicial es tan grande que tardan semanas, incluso meses, en la admisión de los concursos", por lo que los trabajadores se ven abocados a no cobrar durante meses antes de acceder al paro si no quieren perder los derechos e indemnizaciones que les corresponden, algo que se podría resolver rápidamente a través de la autoridad laboral.

Asimismo, ambas organizaciones solicitan que la ejecución de los créditos laborales corresponda a los jueces de orden social y no al juez mercantil, ya que "en la totalidad de los concursos se retrasa el cobro de los salarios e indemnizaciones".

Los sindicatos piden también un mayor protagonismo en los procedimientos concursales. En este sentido, reclaman la integración de un representante de los trabajadores en la administración judicial en aquellas empresas que cuenten con 100 o más empleados.

Por último, entre sus demandas incluyen la posibilidad de dirigir la acción de reclamación de los salarios e indemnizaciones contra otras empresas no incluidas en el concurso, cuando los trabajadores consideren que su empleador real es otra u otras empresas del mismo grupo, que no han sido incluidas en ése u otro concurso y que son solventes.