Economía/Laboral.- La coyuntura económica, la igualdad y la seguridad laboral, claves del ANC para el 2008

Actualizado: jueves, 10 enero 2008 15:47

UGT considera que el ACN es un instrumento necesario para afrontar los futuros retos de la economía española

MADRID, 10 Ene. (EUROPA PRESS) -

El análisis sobre la coyuntura económica actual, los acuerdos del diálogo social relativos a la Ley de Igualdad y la Estrategia Española de Seguridad y Salud Laboral, serán las claves del Acuerdo Interconfederal sobre la Negociación Colectiva (ANC) para el 2008 por ser las tres novedades que incorpora la prórroga del acuerdo que firmaron patronal y sindicatos el pasado 18 de diciembre.

Según indica hoy UGT, estas tres iniciativas se suman a las que ya contempla el ANC desde el año 2002 (fecha en la que se firmó el primer acuerdo) y que pretenden garantizar el poder adquisitivo de los salarios y los incrementos salariales pactados, a través de la regla que tiene en cuenta la previsión de inflación, el reparto negociado de la productividad y la introducción de cláusulas de revisión salarial.

Para UGT, el ANC es un instrumento necesario para afrontar los retos de la economía española, razón por la que han incorporado al acuerdo el análisis del contexto económico, un contexto que, según el sindicato, apunta a una pérdida de dinamismo de la actividad en la segunda parte del pasado año y en 2008, provocada por el agotamiento del modelo de crecimiento y las posibles consecuencias, a nivel mundial, de las turbulencias sobre los mercados financieros.

No obstante, UGT confía en la fortaleza de la economía española frente al resto de los países europeos, y vislumbra un cambio en el modelo de crecimiento hacia un crecimiento más equilibrado con la industria y los servicios como los sectores que absorberán, al menos parcialmente, el ajuste de la construcción.

GARANTIZAR EL PODER ADQUISITIVO DE LOS HOGARES.

Para UGT, ante la actual coyuntura económica, el ANC servirá para preservar los salarios pactados en convenio y para garantizar el poder de compra de los trabajadores, frente a la subida de los tipos de interés, el aumento de los precios de alimentos y la energía y el menor crecimiento del empleo en 2008, factores que, según el sindicato, van a mermar la capacidad de compra de los hogares españoles en el presente ejercicio.

En cuanto a los contenidos de la Ley de Igualdad que se aplicarán en la negociación colectiva, UGT señaló que las empresas estarán obligadas a adoptar medidas dirigidas a evitar la discriminación e impulsar la igualdad de trato en el ámbito laboral.

Entre estas medidas, el sindicato destacó iniciativas que faciliten el derecho del trabajador a adaptar la duración y distribución de la jornada para la conciliación laboral y personal y el ejercicio del derecho a acumular horas de lactancia en jornadas completas, entre muchas otras.

Además, los convenios colectivos podrán también establecer acciones positivas para favorecer el acceso a mujeres en las profesiones donde estén subrepresentadas, y para propiciar que en la calificación profesional, promoción y formación, en igualdad de condiciones, tengan preferencia las personas del sexo menos representado en el grupo, categoría profesional o puesto de trabajo del que se trate.

REFUERZO DEL COMPROMISO CON LA SEGURIDAD LABORAL.

Finalmente, en cuanto a la introducción de la cultura de la prevención de riesgos laborales en todos los centros de trabajo del país, UGT considera que el ACN refuerza así su compromiso con la seguridad y la salud laboral, recogiendo los objetivos de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo.

De esta forma, a partir del 2008 los convenios instarán al establecimiento de órganos sectoriales y paritarios para promocionar la salud y desarrollar programas específicos para informar sobre los riesgos que existen en los distintos sectores y los derechos y obligaciones de empresarios y trabajadores.

Asimismo, invitarán a promover la implicación de los trabajadores en el cumplimiento responsable de sus obligaciones preventivas, a precisar las competencias de los delegados de prevención y de los comités de seguridad y salud y a establecer pautas para la concreción en los convenios del cuadro básico de incumplimientos de las obligaciones de los trabajadores en el Estatuto de los Trabajadores.