Economía.- (Ampliación) De la Rosa será juzgado por fraude a Hacienda por el caso Gran Tibidabo

Actualizado: miércoles, 2 enero 2008 19:12

BARCELONA, 2 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Barcelona ha decidido finalmente juzgar a partir del 14 de enero al financiero catalán Javier de la Rosa por la descapitalización de la empresa Gran Tibidabo, después de que el 10 de diciembre se aplazara el inicio del juicio oral porque el abogado del Estado rechazó retirar la acusación de fraude a Hacienda.

La Fiscalía y las defensas de De la Rosa y otros cuatro acusados acordaron que los encausados asumieran la acusación de apropiación indebida de 68 millones de euros a cambio de una rebaja sustancial de las penas.

Sin embargo, la postura del abogado del Estado --que representa a la Agencia Tributaria-- impidió la conformidad de todas las partes, por lo que los magistrados decidieron aplazar el juicio, para decidir si finalmente se les juzgaba sólo por apropiación indebida o también por fraude a Hacienda. Ahora ha decidido continuar el proceso tal y como se inició y dejar abierta la puerta a un posible recurso a esta decisión cuando se dicte la sentencia correspondiente.

Según el acuerdo al que llegó con las defensas de De la Rosa, Florencio Cerdá, Joan Cruells, Arturo Piñana y Carolina Malagelada, la Fiscalía Anticorrupción modificó su escrito de conclusiones provisionales presentado en el año 2000 y retiró los cargos de fraude fiscal.

El Ministerio Fiscal tiene en cuenta en su nuevo escrito la atenuante de reparación parcial del daño, ya que De la Rosa y sus colaboradores han entregado un "volumen relevante" de acciones y otros bienes, así como la atenuante de dilaciones indebidas, ya que el caso ha tardado 13 años en llegar a juicio.

El auto de los magistrados, del 20 de diciembre, desestima la cuestión previa formulada por la defensa de De la Rosa, a la que se adhirieron las defensas de Cerdà, Cruells y Piñana, además de la de Gran Tibidabo, por la que pedía la nulidad de las pruebas periciales de los inspectores de Hacienda. Según los abogados defensores, la Agencia Tributaria llevó a cabo una investigación paralela a la del juzgado, por lo que habrían vulnerado el derecho fundamental a la defensa y a una tutela judicial efectiva.

Según la Audiencia, este punto ya fue desestimado por el juez instructor y la decisión no fue recurrida por los abogados. Además, considera que De la Rosa no ha sufrido indefensión alguna, ya que ha tenido conocimiento de toda las actuaciones y ha podido recurrirlas.

También se desestiman dos de las tres cuestiones previas planteadas por la defensa de Piñana. En la primera se considera que sí hay conexión entre el delito contra la Hacienda pública y el de apropiación indebida. Tampoco se acepta la anulación de la modificación de las conclusiones provisionales del abogado del Estado, ya que la no mención de Piñana como presunto autor de un delito de fraude del Impuesto de Sociedades de 1991, aunque se pide pena para él por este hecho, es considerada por la Audiencia una "evidente omisión material".

Sin embargo, respecto a la prescripción del delito contra la Hacienda Pública, los magistrados admiten que hay disparidad de criterios en la jurisprudencia, por lo que afirman que se pronunciarán sobre ello, "si este fuera el caso, con carácter previo en el momento de dictarse sentencia".

El mismo criterio sigue la Audiencia para desestimar la cuestión previa de la defensa de Carolina Malagelada, que consideraba que juzgar a su clienta por un delito de apropiación indebida y otro contra la Hacienda pública podía suponer condenar dos veces por el mismo hecho.

Además, se desestima la pretensión de la defensa de Gran Tibidabo de inadmitir a los peritos propuestos por la Abogacía del Estado, inspectores de la Agencia Tributaria. Según los abogados defensores, estos inspectores están "contaminados", ya que son empleados de una de las partes perjudicadas, el Estado, por lo que se sospecha de su imparcialidad como peritos. Sin embargo, la Audiencia considera que ser funcionario público no genera "interés personal" en la causa ni les "inhabilita" para actuar como peritos imparciales.

En el mismo sentido, la Audiencia pone como ejemplo de ello, que los agentes de Policía nunca podrían ser peritos en causas criminales, ya que es el Ministerio del Interior quien también investiga los crímenes. Igualmente, los magistrados recuerdan que los peritos no fueron recusados "en tiempo y forma".

Por otra parte, la Audiencia acepta que las empresas Trebolquivir, Expovillas, Nueva Madrugada, Nuevo Atardecer, Diagonal Investment y Fitisvent queden "apartadas" del procedimiento, aunque inicialmente estaban acusadas como responsables civiles, ya que no se mantiene ninguna acusación contra ellas. También quedan apartados de la causa la empresa Mexans y Mercedes Misol, esposa de De la Rosa.

Por último, el auto de los magistrados excusa la presencia en el juicio oral, cuando no sea imprescindible, del empresario y ex diplomático Manuel de Prado y Colón de Carvajal, ya que está enfermo y está siguiendo un tratamiento médico, como ya habían aceptado todas las partes.

DE LA ROSA AFRONTA HASTA SIETE AÑOS.

Durante el trámite de cuestiones previas al juicio, el 10 de diciembre, las defensas anunciaron que los acusados aceptarán las penas rebajadas por la Fiscalía, aunque este trámite no se formalizará hasta el 14 de enero. La Fiscalía solicitaba en un principio un total de 13 años de cárcel para De la Rosa, petición que ahora rebaja a tres años de prisión por un delito continuado de apropiación indebida, condena que podría suponer su ingreso en la cárcel.

Por el mismo delito, rebaja de diez a un año de prisión la pena solicitada para el ex consejero delegado de la compañía Consorcio Nacional del Leasing (CNL) Joan Cruells, y pide también un año de cárcel para el ex presidente de CNL Florencio Cerdà (que se enfrentaba a siete) y para el ex representante de Fitinvest Ramon Fiter (para quien pedía cuatro). Para el ex representante de Quail Arturo Piñana, que afrontaba seis años de cárcel, la Fiscalía solicita ahora medio año.

En cuanto Colón de Carvajal, el Ministerio Fiscal le considera responsable de un delito de apropiación indebida y pide para él un año de prisión, frente a los cuatro años que solicitaba inicialmente. Para la ex administradora de la sociedad Pinyer Carolina Malagelada, que afrontaba la misma pena, la Fiscalía retira la acusación porque la causa se dirigió contra ella cuando el delito de apropiación indebida ya había prescrito.

Malagelada, sin embargo, sigue siendo acusada por el abogado del Estado, que reclama dos años y medio de cárcel y una multa de 1,8 millones de euros para ella como cooperadora necesaria del delito contra la Hacienda Pública, igual que para Arturo Piñana. De la Rosa, Cruells y Cerdá afrontan cuatro años de cárcel y una multa de 3,6 millones de euros como autores del citado delito, por lo que la pena total que se puede imponer a De la Rosa asciende a siete años. El abogado del Estado, además, considera a Gran Tibidabo responsable civil subsidiaria.