Economía/Legal.- El abogado general del TUE pide eliminar la discriminación fiscal a las donaciones transfronterizas

Actualizado: martes, 14 octubre 2008 19:23


BRUSELAS, 14 Oct. (EUROPA PRESS) -

El abogado general Paolo Mengozzi pidió hoy al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) que reconozca a las donaciones transfronterizas las mismas ventajas fiscales que se aplican a las donaciones realizadas en favor de organismos nacionales.

El dictamen del abogado general se refiere al caso de un ciudadano alemán que en su declaración de la renta de 2003 solicitó una deducción fiscal por una donación en especie de un importe de unos 18.180 euros a una residencia de ancianos con un hogar infantil anexo.

La agencia tributaria alemana denegó la deducción basándose en que el beneficiario de la donación no estaba establecido en Alemania. El caso llegó al Bundesfinanzhof, máximo tribunal alemán en materia fiscal, que preguntó al TUE que aclare si una donación en especie se encuentra sometida al principio de libre circulación de capitales y si un Estado miembro puede limitar las deducciones fiscales al requisito de que el beneficiario se halle establecido en el territorio nacional.

El abogado general recuerda que la mayor parte de los Estados miembros conceden ventajas fiscales a los donantes, que al reducir los costes que les supone la donación les incitan a repetir su gesto. Por lo tanto, aplicar un trato menos favorable a las donaciones transfronterizas puede desalentar a las personas que estarían dispuestas a realizarlas. En consecuencia, Mengozzi estima que la normativa alemana de que se trata constituye una restricción a los movimientos de capitales.

A continuación, el abogado general analiza la posibilidad de que la aplicación de un trato menos favorable a las donaciones transfronterizas se justifique por el hecho de que los organismos beneficiarios se encuentran en situaciones diferentes. La conclusión es que cuando los organismos establecidos en el extranjero tienen una misión de fomento de intereses generales idénticos a los que la ley alemana exige para conceder las exenciones -en el presente caso, la asistencia a niños y ancianos- y cumplen los requisitos que dicha ley impone a los organismos nacionales, las situaciones de unos y otros son totalmente comparables.

La opinión del abogado general no vincula al Tribunal de Justicia. Su misión consiste en proponer, con absoluta independencia, una solución jurídica al asunto del que se ocupa. Los jueces comienzan ahora sus deliberaciones sobre este asunto y la sentencia se dictará en un momento posterior.