El número de concursos empresariales se mantuvo estable en 3.600 en 2018, según los registradores

Polígono de Paterna
AYTO - Archivo
Publicado: jueves, 20 junio 2019 10:58

MADRID, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -

El número de concursos empresariales se mantuvo estable el año pasado, al situarse en torno a los 3.600 concursos, con una disminución del 7,9% del total de pasivos incursos en dicho procedimiento, según se desprende del anuario de la Estadística Concursal 2018 del Colegio de Registradores.

La estadística refleja que la concursada típica pertenece al sector servicios (no inmobiliarios), inicia el procedimiento con 12 años de edad, tiene contratados seis empleados y un pasivo cercano a los 400.000 euros, frente a los casi 600.000 euros de 2015, o los 900.000 euros de 2014.

Asimismo, muestra que la situación financiero patrimonial en la que se encuentran las sociedades que inician el procedimiento (voluntario en el 94% de los casos) sigue estando bastante deteriorada, ya que más del 66% tiene pérdidas, y aproximadamente un 70% necesitaría 25 o más años para atender sus deudas con los recursos que genera (el 55,6% no genera recursos positivos).

De nuevo solo alrededor de un 15% tendría capacidad financiera suficiente para cumplir un convenio aprobado dentro de los límites marcados por la Ley Concursal (quita del 50% y espera de cinco años en términos generales).

Por sectores, las sociedades del ciclo de la construcción suponen un 25,8% del total de la muestra, frente al 30,1% en 2016 o el 27,3% en 2017, perteneciendo al sector de servicios no inmobiliarios el 59,4% de las concursadas.

REASIGNACIÓN DE RECURSOS Y RECUPERACIÓN DEL CRÉDITO

En 2018, ya consolidada como una característica estructural del procedimiento, y con una tendencia creciente, la opción habitual tras la fase común es la liquidación en el 94,3% de los casos. Además, en más de 1.150 casos se produce la conclusión del concurso simultáneamente a su apertura por insuficiencia de recursos para costear el procedimiento.

Según el Colegio de Registradores, se confirma que las sociedades que inician la fase de convenio, así como las que finalmente logran el acuerdo en 2018 son patrimonialmente más grandes, a la vez que reflejan mayores cifras de negocio.

En relación a las expectativas de cobro de los acreedores ordinarios, bajo el supuesto de cumplimiento íntegro de los pagos, la mediana en 2018 ha sido del 47,6% del pasivo (47,1% en 2017), ascendiendo al 75,8% en el caso de propuestas anticipadas de convenio, aquellos casos sin necesidad de celebración de junta de acreedores.

Diferenciando por tipo de tramitación, en los concursos abreviados la fase sucesiva (liquidación o convenio) se inicia en menos de un año en el 62,3% de los casos, mientras que en los ordinarios es un 54,6%, lo que supone una mejora evidente respecto al 38,5% del año anterior. Con independencia de la tramitación, el procedimiento es típicamente más rápido en el caso de los concursos voluntarios.

A su vez, el concurso típico abreviado tarda 937 días en concluir (990,5 en 2017), mientras que los ordinarios requieren de 2.009 días (1.698 en 2017). La mayor parte de este tiempo se consume en la fase de liquidación, siendo ajeno por tanto a cuestiones procesales.

CONSTRUCCIÓN

En un escenario de estabilidad en el número de sociedades concursadas, el ciclo de la construcción representó el 25,8% de la muestra, cifra inferior a las de los años anteriores. De hecho, del total de pasivos afectados en 2018 (6.800 millones, frente a los cerca de 7.500 de 2017), la construcción no alcanza ni el 40% de ese importe (45,6% del total en 2017).

En 2018, de nuevo, las sociedades que desarrollan actividades inmobiliarias son las que presentan peor imagen; sólo un 8,9% (14,8% en 2017) tendría capacidad para devolver sus deudas en 10 años o menos y un 52,6% (45,8% en 2017) presenta fondos propios negativos.

ACUERDOS EXTRAJUDICIALES DE PAGOS

Por último, el Colegio de Registradores recuerda que desde su introducción en 2013 hasta la reforma de 2015, el ámbito subjetivo del acuerdo extrajudicial de pagos se limitó a empresarios personas físicas (incluidos los trabajadores autónomos) y a personas jurídicas, si bien la reforma de 2015 añadió a personas naturales no empresarios.

Se trata de un procedimiento de renegociación pensado para deudores insolventes con pasivo estimado inicial no superior a los cinco millones de euros. El año pasado se registraron un total de 10 solicitudes de este tipo de acuerdos realizadas por personas jurídicas, un número "muy reducido", sobre todo si se tienen en cuenta los 1.146 nuevos expedientes que afectaron a 1.394 personas físicas.

Las personas jurídicas solicitantes del acuerdo extrajudicial de pagos ofrecieron una imagen financiera similar e incluso peor que las concursadas, ya que el 66,7% registran pérdidas, un 40% poseen fondos propios negativos, y la mitad no podrían reducir su deuda en ningún caso.