La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández Vicién, comparece ante la Comisión de Investigación sobre el apagón, en el Senado, a 17 de marzo de 2026, en Madrid (España). Fernández comparece para dar cuenta - Marta Fernández - Europa Press
MADRID 7 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido no abrir un expediente sancionador y archivar la denuncia presentada por Vodafone España contra Telefónica y The Walt Disney Company Iberia por el acuerdo para ofrecer la plataforma de 'streaming' Disney+ a través de Movistar Plus+.
En su acuerdo, fechado el pasado 17 de marzo, la Sala de Competencia del consejo del organismo presidido por Cani Fernández concluye que "no se aprecian indicios de infracción de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC)" en los hechos analizados, según se desprende de la resolución.
La denuncia fue presentada el 13 de marzo de 2020 por Vodafone España, que acusaba a Telefónica y Disney de realizar "supuestas prácticas restrictivas de la competencia" en relación con el acuerdo que integró Disney+ en la oferta de televisión de pago de Telefónica, Movistar Plus+.
Vodafone sostenía que el contrato suscrito el 6 de marzo de 2020, por el que Disney+ se ofrecía junto a la oferta convergente de la 'teleco' presidida por Marc Murtra y fue durante meses el único de estas características en España, "reducía de forma apreciable la ya escasa presión competitiva que los operadores alternativos podían ejercer sobre Telefónica en el mercado de la televisión de pago y, de manera mediata, en los mercados de comunicaciones electrónicas".
Según la denuncia, la celebración de este contrato respondía a "una estrategia exclusionaria de Telefónica, mediante la cual esta empresa habría tratado de reservarse el acceso a los contenidos Disney+ en el mercado español".
"A juicio de la denunciante, Telefónica ostentaría una posición de dominio en el mercado de la televisión de pago y dicha conducta, en el contexto de las ofertas convergentes, constituiría una infracción del artículo 2 la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)", recoge el documento.
Tras la denuncia, la Dirección de Competencia abrió una información reservada para determinar si existían circunstancias que justificaran la apertura de un expediente sancionador, y recabó información adicional de Vodafone, Telefónica, Disney y Orange entre 2020 y 2022, a la que se sumó nueva documentación incorporada el 17 de diciembre de 2025.
El 16 de enero de 2026, la Dirección dictó una propuesta de "no incoación de expediente sancionador y de archivo de las actuaciones, al considerar que en los hechos denunciados no se apreciaban indicios de infracción de la LDC".
Competencia respalda esta conclusión y destaca que Telefónica fue el primer operador en alcanzar un acuerdo con Disney, pero que los contratos "no tienen cláusulas de exclusividad" y que Disney+ se ofrecía desde el inicio en modalidad independiente o 'stand alone', permitiendo a los consumidores acceder al servicio contratando directamente con Disney.
El acuerdo subraya igualmente que tanto la situación de relativa exclusividad de Telefónica como el periodo de aplicación de los descuentos mayoristas estuvieron "acotadas en el tiempo y no parece que tuvieran aptitud para afectar de forma negativa a operadores como Vodafone".
La CNMC cita, entre otros elementos, que "ya existiesen otras plataformas de streaming de gran relevancia con las que terceros operadores como Vodafone podrían haber contratado servicios de contenido de pago por streaming".