Economía/Agricultura.- El Gobierno fija criterios de buenas prácticas agrarias para acceder a ayudas e indemnizaciones

Actualizado: viernes, 12 mayo 2006 17:09

MADRID, 12 May. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy un decreto que establece criterios básicos de buenas prácticas agrarias para acceder a ayudas agroambientales e indemnizaciones en zonas desfavorecidas. Según esta norma, la gravedad de los incumplimientos determinará la reducción de ayudas.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el objetivo es dotar a las comunidades de directrices que faciliten la aplicación, gestión y control de los requisitos de las buenas prácticas agrarias habituales.

Para hacer un mejor seguimiento y comprobación del cumplimiento de estas buenas prácticas agrarias obligatorias es necesario contar con unas normas que establezcan criterios de proporcionalidad de las ayudas en función del grado de cumplimiento de dichas prácticas agrarias.

Por ello, el Gobierno clasifica las buenas prácticas agrarias en principales y secundarias, y especifica los requisitos, objetivos, e indicadores para el control y la forma de realizar los controles dirigidos a comprobar el cumplimiento de las mismas. En función de dicho cumplimiento, se establecen una serie de reducciones de la ayuda.

La obligatoriedad de los beneficiarios de ayudas de respetar buenas prácticas agrarias habituales queda recogida en decretos de 2000 y 2001 sobre indemnizaciones compensatorias en zonas desfavorecidas y ayudas de medios agrarios compatibles con el medio ambiente.

Asimismo, el programa de desarrollo rural para las medidas de acompañamiento señala que las buenas prácticas agrarias habituales, técnicas normales de explotación que aplica un agricultor responsable en la zona donde ejerce su actividad, son las que sirven de referencia para recibir ayudas.

La definición y enumeración de las buenas prácticas agrarias habituales vigentes está recogida en el anexo I del decreto 708/2002 y su cumplimiento es requisito indispensable para la concesión de las ayudas en zonas desfavorecidas y las primas a medidas agroambientales.

Por otro lado, el Consejo acordó flexibilizar la regulación del plazo de presentación de solicitudes de ayudas para la renovación del parque nacional de tractores para que pueda adaptarse a las necesidades de las comunidades autónomas y se aproveche más la línea de subvenciones.