Agbar pedirá la ejecución de la resolución del OARCC sobre la ATLL

Torre Agbar De Barcelona, En Glòries, De Jean Nouvel
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 22 julio 2013 20:09

La Generalitat puede recurrir al Tribunal Supremo


BARCELONA, 22 Jul. (EUROPA PRESS) -

Agbar pedirá en los próximos días la ejecución de la resolución del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Catalunya (OARCC) sobre la adjudicación de Aigües Ter-Llobregat (ATLL), que dictaminó en enero que la oferta de Acciona --la actual ganadora de la privatización-- es nula y debe adjudicarse de nuevo o entregarla al segundo licitador.

Fuentes de Agbar han informado a Europa Press que, independientemente de los pasos que adopte el Govern si decide interponer recurso al Tribunal Supremo, la prioridad es hacer valer el carácter ejecutivo de la decisión del OARCC, organismo que depende de la propia Administración catalana, y desencallar el conflicto de la adjudicación de este servicio.

Además, la compañía avala esta nueva reclamación a la Generalitat con el auto del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que el pasado viernes rechazó el recurso de reposición cursado por la Administración y el consorcio ganador --que recurrirá al Supremo--.

El TSJC justificó su decisión argumentando que la normativa europea vela por evitar que se mantenga por la vía de los hechos consumados una decisión durante el tiempo que se tramita un litigio "en perjuicio de los contratistas injustamente desplazados".

Los recursos de Acciona y Govern invocaban a los daños que se derivarían de la anulación del concurso público por lo que respecta a la repercusión en las finanzas de la Generalitat --el contrato le permitió reducir el déficit en 1.000 millones en 2012--, así como a perjuicios para el servicio de agua a los consumidores del área metropolitana de Barcelona y para la plantilla de la ATLL, entre otros.

Ante este argumento, el TSJC argumentó --con un voto particular en contra-- que no se puede constatar que el mantenimiento de la decisión del OARCC comporte "daños de suficiente entidad" porque los perjuicios se limitarían al proceso de transición a un nuevo concesionario, ya que la ley obliga a seleccionar un nuevo contratista.