Economía/Empresas.- El Gobierno incluye mejoras en el Registro de Franquiciadores aclarando los contratos

Actualizado: viernes, 7 abril 2006 16:54

MADRID, 7 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy un real Decreto que modifica la normativa del Registro de Franquiciadores, al incluir la definición del contrato, mejorar su actualización, y avanzar en la coordinación con los posibles registros de las comunidades autónomas.

El Registro de Franquiciadores, que tiene inscritas más de 1.100 empresas, funciona desde 1998, y aunque ha ido mejorando en los últimos años, la experiencia ha revelado que algunos aspectos jurídicos y operativos podían ser objeto de mejora.

Durante estos años de funcionamiento, el registro ha ido aportado seguridad y confianza al franquiciado, y la página Web que permite acceder a él es una de las más consultadas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, con una media de 14.500 consultas mensuales en lo que va de año.

En concreto, el real decreto clarifica el régimen de franquicia, diferenciándolo de otros contratos como la concesión de una licencia de fabricación, la cesión de una marca registrada o la transferencia de tecnología.

Fruto de la modificación aprobada, se define la actividad comercial en régimen de franquicia, por la que una empresa cede a otra en un mercado determinado a cambio de una contraprestación financiera directa, indirecta o ambas, el derecho a la explotación de un negocio o actividad mercantil que aquélla venía desarrollando anteriormente para comercializar determinados tipos de productos.

Concretamente, se establece el uso de una denominación o rótulo común u otros derechos de propiedad intelectual o industrial y una presentación uniforme de los locales o medios de transporte, así como la comunicación de unos conocimientos técnicos o un 'saber hacer', que deberá ser propio, sustancial y singular. Asimismo, establece la prestación continúa de una asistencia comercial, técnica o ambas durante la vigencia del acuerdo.

A parte de aclarar el régimen de franquicia, se introduce una definición del contrato de franquicia maestra o principal, y por otra parte, se mejora el sistema de inscripción y actualización del Registro. La modificación aprobada hoy también permite mejorar la coordinación con los posibles Registros de las comunidades autónomas.

También ha cambiado la incorporación de mayor información cualitativa en el registro, que actualmente contiene los datos fundamentales, en concreto los de la condición de empresario, la acreditación de que la empresa puede explotar el nombre y la marca comercial y los datos de actividad declarados por los propios franquicia dores.

La posesión de certificados de calidad, la adhesión a sistemas de solución extrajudicial de conflictos, la firma de códigos deontológicos en el ámbito de la franquicia y la adhesión al sistema arbitral de consumo en relación con las quejas que planteen los consumidores, son algunos datos que se incorporan.

Por último, dentro del Registro de Franquiciadores se establece un apartado específico para los franquiciadores consolidados, que deben haber desarrollado la actividad durante al menos dos años en dos establecimientos franquiciados y disponer de un número mínimo de cuatro establecimientos, de los que al menos dos deberán ser establecimientos propios.