MADRID, 3 Nov. (EUROPA PRESS) -
Las ofertas que presenten las entidades que deseen vender activos al Fondo de Adquisición de Activos Financieros puesto en marcha por el Gobierno para aumentar la liquidez en el mercado no podrán tener un valor inferior a tres millones de euros, según recoge hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Las ofertas por importes superiores tendrán que ser múltiplos enteros de un millón de euros, y en la convocatoria de las subastas se podrá modificar los importes cuando sea conveniente por el plazo del activo, y cuando cualquier otra circunstancia así lo aconseje.
Las ofertas en las subastas podrán ser presentadas por todas las entidades de crédito domiliciadas en España y las sucursales en España de entidades de crédito extranjeras y que manifiesten previamente su interés por participar en ellas.
Para participar, las entidades tendrán que disponer de los medios técnicos necesarios y seguir los procedimientos de comunicación que establezca el Banco de España, encargado de instrumentar las operaciones del Fondo.
La subasta es, por tanto, "el procedimiento de selección de activos" para la realización de las actividades del Fondo, con las particularidades de contenido propias de cada acto de ejecución de convocatoria predeterminadas por la Comisión Ejecutiva y de acuerdo con los criterios del Consejo Rector, según recoge el BOE.
Se contemplan dos tipos de ofertas, las competitivas, aquellas que indican el volumen y tipo de interés al que está dispuesto a ofrecer los activos el Fondo, y las no competitivas, en las que no se indica el tipo de interés.
En cada subasta, "a fin de asegurar la correcta formación de los precios y de favorecer la concesión de nuevo crédito", podrá reservarse hasta un 25% de la cantidad subastada a las ofertas no competitivas.
Una vez recibidas las solicitudes y cerrado el plazo de presentación de las ofertas correspondientes a cada subasta, se clasificarán las ofertas competitivas para cada grupo homogéneo de activos de mayor a menor tipo de interés ofrecido. La adjudicación a una misma entidad no podrá exceder del importe efectivo máximo determinado por el Consejo Rector.
Asimismo, se establecerá el volumen nominal o efectivo que el Fondo adquirirá en la subasta y el tipo de interés mínimo aceptado, que, en ningún caso, podrá ser inferior al coste de financiación equivalente del Estado.
El Fondo podrá mantener cuentas de efectivo en el Banco de España y de valores en Iberclear y será esta institución la que instrumente las operaciones del Fondo, incluyendo la gestión y depósito de las garantías de las operaciones simultáneas.
El Fondo podrá invertir en cédulas hipotecarias y bonos de titulización de activos respaldados por cédulas hipotecarias siempre que se emitan o hayan emitido con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley del 10 de octubre, que estén admitidos a negociación en un mercado regulado, que tenga calificación crediticia triple A y que su plazo de vencimiento no sea superior al que se disponga en cada convocatoria.
COMPOSICIÓN.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) también publica hoy la composición de la Comisión Ejecutiva y del Consejo Rector del Fondo. La comisión estará integrada por el secretario de Estado de Economía, David Vegara, la directora general del Tesoro y Política Financiera, Soledad Núñez, el director general de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano, un representante de la Abogacía General del Estado, un representante del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y un representante de la Administración del Estado, con voz pero sin voto.
Además, actuará como secretario de la Comisión, con voz pero sin voto, un miembro de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera con rango de subdirector general.
Asimismo, se especifica el doble papel del Banco de España, en su actuación como agente gestor y banco depositario, así como en su actuación de asesoramiento a la Comisión Ejecutiva del Fondo. El control del fondo se efectuará en el Parlamento y el presidente del consejo rector solicitará comparecer ante la Comisión de Economía del Congreso. Asimismo, el secretario de Estado solicitará comparecer cada dos meses en la misma Comisión.