Vizcaya dota con hasta 15.000 euros la creación de nuevas empresas

Publicado: domingo, 9 septiembre 2018 11:28

BILBAO, 9 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Diputación foral de Vizcaya dota con un mínimo de 5.000 euros y un máximo de 15.000 euros la creación y puesta en marcha durante el primer año de funcionamiento de las empresas surgidas durante el periodo comprendido entre el 16 de septiembre de 2017 y el 14 de septiembre del año 2018, ambos inclusive. El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el próximo 14 de septiembre.

Según datos de la institución foral, recogidos por Europa Press, la acción subvencionable consistirá en la creación, la puesta en marcha y funcionamiento de una empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos los empresarios individuales, los profesionales, y las comunidades de bienes y sociedades civiles.

La justificación se realizará con la aportación de los correspondientes comprobantes de abono de las cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen especial de autónomos, o mutualidad equivalente, generados durante un período máximo de un año a partir del alta en Actividades Económicas.

A tal fin se adjuntará documento o documentos emitidos por Tesorería General de la Seguridad Social que acredite dichos abonos según se corresponda el período de un año con uno o dos ejercicios naturales. La presentación de la justificación habrá de realizarse en plazo de un mes desde el transcurso de un año del alta de actividad económica.

Asimismo, se comprobará que la persona beneficiaria cumple con las obligaciones fiscales y tributarias que en función de su forma jurídica le correspondan: ingreso de retenciones a cuenta del IRPF, pagos a cuenta, declaraciones del IRPF, declaraciones del IVA, impuesto de sociedades, etc.

Se primarán a la hora de conceder la ayuda las empresas relacionadas con la economía sostenible y el empleo verde, la "Economía del Cuidado", su carácter social e innovador, así como a las empresas de economía social: cooperativas o sociedades laborales.

La persona promotora ha de acreditar la residencia en Bizkaia de forma ininterrumpida al menos durante tres meses antes de la fecha de alta de actividades económicas, así como haberse dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, o mutualidad equivalente en el período comprendido entre el 16 de septiembre de 2017 y el 14 de septiembre de 2018, ambos inclusive.

Dicho requisito no se exigirá a los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado, y tampoco se exigirá a los socios trabajadores de sociedades laborales, en el caso que hayan optado a darse de alta en el régimen general de Seguridad Social. No obstante, dicha alta habrá de producirse en el citado período. Así mismo, la persona promotora ha de acreditar desempleo en el momento inmediatamente anterior a la fecha del alta en actividades económicas.