Economía/Transportes.- La OCU insta a la UE a una aplicación "inmediata" de las indemnizaciones por retrasos de vuelos

Actualizado: viernes, 20 noviembre 2009 15:34

MADRID, 20 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) calificó hoy de "muy favorable" la sentencia del TUE que reconoce el derecho a indemnizaciones de las aerolíneas a los pasajeros que sufran retrasos de tres o más horas en sus vuelos, aunque instó al Ejecutivo comunitario a su "aplicación inmediata".

Con la decisión del tribunal, la normativa europea equipara dichas demoras a las compensaciones económicas por cancelación, que oscilan en torno a indemnizaciones de 250 y 600 euros, en función de la distancia del vuelo.

Así, la OCU consideró que la sentencia supone "una interpretación muy avanzada" del Reglamento Europeo de 2004, en el que no se reconoce expresamente el derecho a indemnización a los pasajeros de los vuelos retrasados.

La asociación denunció que, "hasta ahora", las aerolíneas "se han aprovechado" del vacío en el reglamento para eludir el pago de indemnizaciones. "Algunos vuelos estaban en la práctica cancelados, pero las compañías los clasificaban simplemente como retrasos", criticó en un comunicado.

No obstante, la OCU lamentó que hayan pasado más de cinco años de litigios para que la normativa comunitaria reconociera "un hecho indudable".

"El perjuicio efectivo de los pasajeros que sufren un gran retraso, por el principio de igualdad de trato, deben ser indemnizados de manera estandarizada e inmediata", sentenció.

Por último, desde la OCU avanzaron que exhortarán a CE la modificación del Reglamento Europeo para recoger "de forma clara y explícita" este derecho.