Publicado 21/04/2021 13:17

Agricultura.- El Supremo vuelve a citar a Serret el 30 de abril tras concluir su cuarentena por covid

La exconsejera, huida de la causa del 'procés' se entregó en el alto tribunal el pasado 11 de marzo

MADRID, 21 Abr. (EUROPA PRESS) -

El instructor de la causa del procés independentista en Cataluña, Pablo Llarena, ha citado el próximo 30 de abril a las 10.30 horas a la exconsellera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Generalitat Meritxell Serret, una vez ha concluido la cuarentena por covid a la que tuvo que someterse por un contacto cercano y que impidió su comparecencia el pasado 8 de abril.

En la providencia dictada por el magistrado se señala que la exconsejera ha manifestado al tribunal el resultado negativo de la prueba de detección de covid-19, por lo que ya puede ser citada para su declaración indagatoria.

DECLARACIÓN INDAGATORIA

Así, se le comunicará formalmente su procesamiento por un delito desobediencia, al decaer en principio el primer cargo que se le imputó por malversación de fondos públicos, dada la absolución de otros consejeros que actuaron de forma similar según estableció la sentencia del 'procés'.

Serret regresó desde Bruselas para ser diputada por ERC en el Parlament de Cataluña tras los últimos comicios y compareció en el alto tribunal acompañada del abogado Iñigo Iruín, un letrado histórico en la defensa de miembros de ETA y del entorno de Batasuna.

Serret compareció ese día con la finalidad de ponerse a disposición del Tribunal y regularizar su situación procesal de rebeldía y Llarena la dejó en libertad en espera de cumplimentar su declaración indagatoria.

Meritxell Serret fue procesada por los delitos de malversación de caudales públicos y desobediencia, no obstante, dado que hasta ahora no se ha atribuido que su departamento realizara pagos concretos por la organización del referéndum del 1-O. Puesto que los procesados que fueron juzgados en esa misma situación fueron condenados por un delito de desobediencia y absueltos del delito de malversación, no se había cursado contra ella ninguna Orden Europea de Detención después de la sentencia del 14 de octubre de 2019.

Existía, sin embargo, una orden nacional de detención para recibírsele declaración y continuar el procedimiento contra ella. La pena prevista para el delito de desobediencia es de multa e inhabilitación para empleo o cargo público de hasta dos años.

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