Un jurado popular juzgará desde hoy en Valladolid a una cuidadora acusada de la muerte de un bebé

Fiscalía pide 12 años por homicidio y la acusación particular 25 por delito de asesinato

Europa Press Sociedad
Actualizado: viernes, 19 junio 2009 10:18

VALLADOLID, 19 Jun. (EUROPA PRESS) -

Un jurado popular juzgará a partir de hoy viernes, día 19 de junio, a María del Rosario R.D, la cuidadora que se encuentra imputada como presunta autora de la muerte de un bebé de seis meses ocurrida el día 11 de agosto de 2007 en Valladolid. El juicio tendrá lugar en la Audiencia de Valladolid y, en principio, está previsto que se prolongue hasta el próximo día 24 de junio.

El Ministerio Fiscal, en su escrito de calificación provisional, considera que la acusada es autora de un delito de homicidio, como ya enmarcó inicialmente, y solicita la pena de 12 meses de prisión además de la obligación de indemnizar con 150.000 euros a la madre del bebé, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Por su parte, la acusación particular que ejerce el letrado Juan Carlos Rubio Barbería, en representación de la madre de la niña, Ana Helena A.V, solicitará para la imputada una pena de 25 años de prisión por delito de asesinato agravado, al considerar que su conducta reúne todos los condicionantes necesarios para solicitar una condena máxima, al concurrir, en su opinión, las circunstancias agravantes de alevosía y ensañamiento.

Frente a ambas acusaciones, el letrado de la defensa de la 'canguro' solicitará una sentencia absolutoria, fundamentado en la propia versión de su patrocinada, que niega cualquier responsabilidad en la muerte del bebé que tenía a su cargo.

EN PRISIÓN DESDE SEPTIEMBRE DE 2007

La acusada permanece en situación de prisión provisional desde el día 4 de septiembre de 2007, fecha en la que el juez instructor dictó auto de imputación tras analizar el informe de autopsia y ver incompatible la versión de un posible zarandeo de la menor, en un posible intento por evitar que se atragantara al tomar la papilla, con las gravísimas lesiones que ésta presentaba en la cabeza.

La cuidadora se había hecho cargo del cuidado del bebé ante la imposibilidad de la madre, María del Rosario del A.V, auxiliar de enfermería en el Centro de Salud Plaza del Ejército de Valladolid, de encontrar plaza en una guardería. Así, la cuidadora comenzó a prestar dicho servicio en el domicilio de la madre a partir del día 2 de julio de 2007, y ya en alguna ocasión se había apreciado en la niña algún moratón sin importancia.

Sin embargo, sobre las 13.30 horas del día 9 de agosto de 2007, la tesis del Ministerio Fiscal es que la procesada, bien porque la niña no dejaba de llorar o porque se negase a tomar la comida, cogió al bebé y le zarandeó y golpeó fuertemente, "consciente de su fragilidad, pues sólo contaba con seis meses, y asumiendo lo que pudiera pasar", con lo que le ocasión lesiones muy graves que concluyeron en su posterior fallecimiento.

Tras ser golpeada, y pese al mal estado en el que se hallaba la menor, el fiscal sostiene que la 'canguro' no llamó ni a la madre ni al servicio médico de Urgencias del 112, teniendo que hacerlo una vecina, alertada por los comentarios que oyó a la procesada.

Personado en el domicilio el Servicio de Urgencias 112, los facultativos encontraron a la niña en parada cardio-respiratoria, con palidez corporal, lividez facial y un hematoma en los ojos, procediendo a la intubación y reanimación cardio pulmonar y a su traslado hasta el Hospital Clínico Universitario, donde ingresó con politraumatismos en la cabeza y una hemorragia cerebral. Más tarde, y ante la falta de una UCI pediátrica, fue evacuada al Hospital General Yagüe de Burgos, donde falleció sobre las 11.15 horas del día 11 de agosto.

Un informe emitido por el Instituto de Medicina Legal de Valladolid establece que María del Rosario R.D. es imputable desde el punto de vista penal. Tras un primer informe sobre la capacidad intelectiva de la acusada, que no detectó retraso mental pero sí advirtió de que presenta algunas limitaciones cognitivas que la sitúan en la categoría de límite o borderline, el juzgado encargado del caso solicitó un segundo análisis para conocer su responsabilidad penal.

Este último informe ratificó que la niñera es plenamente imputable desde el punto de vista penal a los efectos de una posible condena, ya que, tal y como entienden los forenses, sabe lo que hace y es consciente de las consecuencias de sus actos.

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