Actualizado 24/05/2007 16:17

Los cuidadores familiares de personas dependientes ya pueden solicitar el alta en la Seguridad Social

MADRID, 24 May. (EUROPA PRESS) -

Los cuidadores no profesionales, familiares o personas del entorno de las personas dependientes ya pueden solicitar la suscripción del Convenio Especial con la Seguridad Social para su inclusión en el Régimen General, según informó hoy el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Los formularios podrán formalizarse por los ciudadanos en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Además, pueden consultarse en la página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es)

Trabajo recuerda que los cuidadores que se integren en el Sistema de la Seguridad Social como cotizantes del Régimen General podrán acceder a prestaciones que disfrutan los trabajadores (jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia), así como a programas de formación.

La cotización de los cuidadores familiares que suscriban el Convenio Especial correrá a cargo exclusivo del Estado, salvo en los casos en que los cuidadores opten por mantener bases previas de cotización, en que la diferencia con la cotización del Estado correrá a su cargo

CONCESIÓN DE LAS PRESTACIONES.

Por su parte, las consejerías de Servicios Sociales de las administraciones autonómicas son las competentes para la gestión del procedimiento de concesión de las prestaciones económicas.

Una vez concedida la prestación por parte de la comunidad correspondiente, los cuidadores familiares o personas del entorno de personas dependientes, deben dirigirse a las oficinas de la Tesorería para suscribir el Convenio Especial de cuidadores no profesionales de personas dependientes y ser dados de alta en el Régimen General.

En la resolución de la concesión de la prestación a personas dependientes debe figurar la persona que ejerce el cuidado de la persona dependiente, la identidad de ambos y el número de horas semanales que el cuidador dedica a su asistencia.

Trabajo ha solicitado a las comunidades que incluyan estos datos para reducir al máximo los trámites para los ciudadanos. De esta manera, la copia de una resolución que contenga estos datos será suficiente para que estos cuidadores no profesionales en el entorno familiar suscriban el convenio con la Seguridad Social.

La Tesorería General de la Seguridad Social requerirá de los servicios autonómicos la comunicación de cualquier variación que pudiera incidir en dicho convenio.