Actualizado 28/06/2007 17:51

Los jueces vascos deniegan al año el 35% de las órdenes de protección solicitadas por violencia doméstica

El juez decano de Bilbao apuesta por una reforma que elimine "la dispensa" a la esposa de declarar contra su agresor


BILBAO, 28 Jun. (EUROPA PRESS) -

En la Comunidad Autónoma Vasca se deniegan al año el 35% de las órdenes de protección solicitadas por víctimas de violencia doméstica, según la Memoria Judicial de 2006 presentada esta mañana en el Palacio de Justicia de Bilbao.

El presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Fernando Ruiz Piñeiro, manifestó que el pasado año se pidieron un total de 1.110 órdenes de protección, de las que los jueces concedieron 725, el 65%.

Este porcentaje de órdenes de protección aceptadas es casi idéntico al de 2005, año en el que se solicitaron 1.446 y se adoptaron 948, lo que supuso el 65,56%. Por su parte, en 2004, de las 1.651 peticiones que se realizaron, se aceptaron 1.204, concediéndose el 72,92%. De esta forma, en los dos últimos años han sido denegadas el 35%.

La solicitud de las órdenes de protección han ido decreciendo en los últimos tres años. El pasado año fallecieron en Euskadi dos mujeres por violencia de género, una de ellas en Barakaldo, asesinada por su pareja que, después, se suicidó, y la segunda falleció en Basauri acuchillada por su esposo.

Ruiz Piñeiro señaló que puede haber, en casos de violencia doméstica, "decisiones que puedan ser más o menos estrambóticas", en referencia al juez de Alicante que revocó un auto sobre los malos tratos de una mujer a su hija "en nombre de Dios".

No obstante, precisó que "la normalidad del funcionamiento" es que la autoridad judicial "se ciña a los datos e información" que tenga en ese momento. A su entender, a partir de ahí, "el juez tiene que sacar una valoración suya de si es un supuesto en el que concede o no la protección, con un margen de error que conlleva toda decisión humana".

"Pero, con todo, el sistema funciona muy razonablemente, sin perjuicio de que ha habido supuestos que todos tenemos en la cabeza que, por una circunstancia o por otra, el sistema en su conjunto ha podido fallar", señaló, para poner como ejemplo el reciente caso de Asun Villalba, muerta tras ser acuchillada en Vitoria por su marido.

Además, destacó la importancia de las agresiones a menores dentro del ámbito familiar que, tras ingresar en centros hospitalarios, posteriormente sus progenitores les han matado.

El máximo representante del alto Tribunal vasco consideró que es esencial "la fluidez" de comunicación entre los jueces y la Policía, porque, si no, "el sistema falla". "En la mayoría de los casos funciona bien", señaló.

Asimismo, recordó que "los defectos de funcionamiento se descubren a raíz de algún suceso trágico, pero eso sirve para corregir esa disfunción e intentar que el futuro no vuelva a ocurrir". "Porcentualmente, en la mayoría de los casos, el sistema está funcionando con una agilidad y fluidez bastante razonables", apuntó.

REFORMA

Por su parte, el juez decano de Bilbao, Alfonso González Guija, consideró que sería positiva una reforma legal que eliminara "la dispensa" de la esposa, agredida por su marido, a declarar contra él.

"El precepto establece la dispensa de la obligación de declarar como testigos, en concreto, a la esposa, y creo que es positiva una reforma que elimine esa dispensa porque el precepto nació con la finalidad de proteger al testigo que es pariente, pero que no es víctima", señaló.

No obstante, precisó que, "cuando se trata de violencia de género, siendo testigo y víctima, no se puede prescindir de ese testimonio, aunque se pueda contar con otros medios de prueba". "Con independencia de que luego el testimonio resulte lo que resulte, preste el testimonio que preste, con veracidad o falta de veracidad, la dispensa perturba, en alguna manera, algunos procedimientos", apuntó.

A su juicio, "desde el punto de vista de lo que es la Ley de Protección Integral de la Violencia contra la Mujer, sería importante", aunque tampoco consideró que "sea una solución que produzca un efecto de resultados muy positivos, pero el paso se debería dar".

El magistrado recordó que el hecho de que la víctima retire la denuncia "no implica que el procedimiento no vaya a seguir". "El problema es que el procedimiento sigue, pero, luego, a la hora de llegar al juicio no declara y no existe otro tipo de prueba, porque, si se trata de maltrato psicológico no existen más pruebas y, si no se tiene su testimonio, estamos desembocando en un procedimiento absolutorio o en el sobreseimiento". "Con eso, a lo mejor se podrían evitar algunas de esas absoluciones", concluyó.