VALLADOLID 29 May. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ratificó la condena de nueve años de cárcel impuesta a J.F.V.A, un albañil de 39 años, por un delito continuado de abusos sexuales sobre una menor de 12 años deficiente cometido a finales de 2003 y parte de 2004, mientras que le absolvió de los hechos que se le imputaban haber perpetrado sobre la hermana de ésta, de 14 años y también deficiente.
La resolución desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado y, por ello, ratifica la condena que la Audiencia vallisoletana le impuso en 2006, consistente en nueve años de cárcel y el pago de una indemnización de 10.000 euros en favor de la víctima, junto con la prohibición de acercarse a la misma y comunicarse con ella durante 5 años, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
El fallo recogía la situación de superioridad del condenado frente a su víctima, una persona a la que se consideraba especialmente vulnerable.
Durante la vista, J.F.V.A. negó haber tocado a la menor de las dos hermanas, vecinas de un pueblo de Valladolid, pero sí reconoció que mantuvo un noviazgo con la mayor, de 14 años, y relaciones sexuales plenas con ella, aunque siempre de forma consentida por esta última.
Fue lo más relevante del testimonio prestado por el acusado, de origen ecuatoriano y vecino de la capital, durante el juicio celebrado a puerta cerrada en la Audiencia de Valladolid, donde alegó que durante el noviazgo con la mayor de las dos hermanas mantuvo con ésta relaciones sexuales plenas y consentidas tanto en unos pinares como en la propia casa de la niña, cuando las dos hermanas se encontraban solas o incluso aprovechando que sus padres se encontraban durmiendo.
Sin embargo, el condenado, J.F.V.A, quien durante el juicio estuvo en todo momento separado de sus supuestas víctimas por un biombo, negó haber tenido relaciones con la menor de las niñas, en cuya cazadora fueron hallados también restos biológicos. En este caso, sin embargo, no se pudo acreditar que pertenezcan al acusado por cuanto éste se negó a hacerse las pruebas de ADN.
Por su parte, las dos hermanas, que padecen una deficiencia psíquica, ratificaron su declaración inicial. La mayor, cuya deficiencia es menos importante que la de su hermana, relató que los contactos sexuales se produjeron contra su voluntad, mientras que la menor aseguró haber practicado también sexo con el acusado aunque, dadas sus limitaciones físicas, no de forma plena.
ESPIGAS SOSPECHOSAS EN UNA MANTA
También prestó declaración el padre de las niñas, quien explicó que desconocía lo que estaba ocurriendo y que no empezó a sospechar hasta que un día halló en el porche del garaje una manta con espigas, tras lo cual interrogó a sus hijas y la más pequeña acabó denunciando los hechos, mientras que varias peritos psicólogas calificaron de creíble el testimonio de las menores.
Al término de la vista, el fiscal mantuvo que los hechos son constitutivos de un delito continuado de abusos sexuales con penetración y otro en grado de tentativa y solicitó por el primero una pena de 6 años de cárcel y otros 3,5 por el segundo, junto con el pago de una indemnización global en favor de las víctimas por valor de 24.000 euros por los daños morales sufridos y la prohibición de aproximarse a ellas por espacio de cinco años y a una distancia no inferior a 500 metros.
La acusación particular, que ejerció la Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos de Valladolid (ADAVASYMT), en representación de las dos menores, consideró que el acusado cometió sobre la mayor de ambas hermanas un delito continuado de abusos sexuales con penetración, así como otros dos delitos de abusos sexuales consumados sobre la más pequeña de ellas.
Por el primero de ambos delitos solicitó una pena de 10 años y otros 7 por cada uno de los dos delitos cometidos sobre la más pequeña de las dos hermanas, además del pago de indemnizaciones que en su conjunto suman 30.000 euros.
La defensa, por contra, solicitó una sentencia absolutoria por entender que las relaciones que su patrocinado mantuvo únicamente con la mayor de las dos niñas fueron plenamente consentidas por ella.
Los hechos parten de un encuentro previo que el acusado y las niñas mantuvieron en una cafetería de la capital vallisoletana cuando ambas se encontraban en compañía de sus padres. Sin embargo, el procesado aprovechó ya para intercambiarse los teléfonos con las menores, residentes en un pueblo de la provincia.
Los acusadores sostuvieron que el imputado logró atraer la amistad y confianza de las niñas con distintos regalos, hasta que pudo entablar una relación sentimental con la mayor de ambas, quien por aquel entonces contaba 14 años, y mantener relaciones sexuales plenas con ella en numerosos encuentros que mantuvieron en un pinar cercano al pueblo donde residían las menores y en otras ocasiones incluso dentro de la propia vivienda de éstas.
De forma paralela, según la acusación pública, el acusado trató también de mantener relaciones sexuales con la otra hermana, de 12 años, si bien con ella no logró su propósito debido a la imposibilidad física de esta última, pese a lo cual la acusación particular entiende que hubo consumación del delito.