RSC.-Los principales riesgos sobre la lucha contra la corrupción son el sector, el país y el cliente, según el Pacto Mundial

Presentación de la Guía
RED ESPAÑOLA DEL PACTO MUNDIAL
Europa Press Sociedad
Actualizado: miércoles, 19 enero 2011 19:57

MADRID 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

La directora de la Red Española del Pacto Mundial, Isabel Garro, ha destacado, durante la presentación de la Guía práctica para la gestión de riesgos y herramientas de implantación, relativa al Principio 10 sobre Lucha contra la Corrupción y promoción de la transparencia, que los "principales riesgos" identificados en la guía son el sector al que pertenece, los países en los que está presente y el tipo de cliente con el que trabaja.

Así, desde que en 2004 el Pacto Mundial incluyera el Principio 10 dentro de las áreas prioritarias de la iniciativa, la Red Española del Pacto Mundial ha trabajado en la difusión y promoción de la Lucha contra la Corrupción entre los firmantes españoles. En ese sentido, ha apuntado que se ha detectado una "falta de información" en la materia. De ahí que la guía facilita un sistema para diagnosticar los riesgos específicos para cada tipo de entidad.

El presidente de la Red Española, Juan de la Mota, ha subrayado la "importancia" del Principio 10 para el desarrollo de una "economía sostenible". Por su parte, el secretario de la Red Española del Pacto Mundial, Joaquín Garralda ha reflexionado sobre los "beneficios" que reporta a una empresa una política firme contra cualquier tipo de práctica corrupta.

Igualmente ha destacado los "riesgos" a los que se enfrentan las entidades derivados de la corrupción como las penalizaciones legales, sanciones económicas o daño reputacional.

A su juicio, "los continuos episodios sobre corrupción de los que la población española ha sido testigo estos últimos años, han restado confianza y credibilidad en el sector privado" y considera que "la única manera de devolver la confianza es potenciando la transparencia y la comunicación con los grupos de interés y controlar los riesgos a priori y no cuando el delito ya se ha cometido".

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