La consejera de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, Catalina García, en una foto de archivo en el Pleno del Parlamento andaluz. - Eduardo Briones - Europa Press
SEVILLA 16 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía trabaja en una orden para modificar la denominación de la categoría profesional de 'costurera' de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y sus funciones, atendiendo al principio de "promoción de la igualdad de género" que deben integrar los "poderes públicos" en sus disposiciones normativas, para lo que propone la nueva denominación de 'técnico/a en costura y acabados textiles'.
Así se desprende del texto de la orden en la que trabaja la Consejería de Salud y Consumo "por la que, en el ámbito de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, se modifica la denominación de la categoría profesional de Costurera y sus funciones", consultado por Europa Press al someterse al trámite de información pública.
En dicho texto se explica que las funciones que realizan los servicios profesionales de la categoría de 'costurera' de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud se regulan en el artículo 13.12 de la Orden de 5 de julio de 1971, por la que se aprueba el Estatuto de Personal no Sanitario al Servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.
Al respecto, desde la Consejería de Salud y Consumo argumentan que "la evolución de la sociedad en general y del sistema sanitario en particular, en las últimas décadas, ha supuesto la práctica desaparición de las funciones previstas para esta categoría en la Orden de 5 de julio de 1971, así como la aparición de nuevas necesidades relacionadas con la lencería hospitalaria, especialmente en aquellos centros en los que se realiza una elevada actividad asistencial".
"El cambio es tan sustantivo que, además de la modificación de sus funciones, resulta aconsejable cambiar la denominación de la categoría profesional", sostiene el Gobierno andaluz para justificar esta orden de la Consejería de Salud y Consumo, que "tiene por objeto la adecuación de la denominación de la categoría profesional de 'costurera' y de sus funciones, estableciendo, además, las previsiones aplicables a dicha categoría profesional en el acceso y retribuciones".
JUSTIFICACIÓN DE LA ORDEN
Asimismo, con esta orden se quieren establecer "determinadas disposiciones adicionales necesarias para una adecuada aplicación de la norma", según se sostiene en el texto sometido al trámite de información pública, donde se defiende que esta norma "está justificada por una razón de interés general como es la adecuación de la normativa reguladora de la categoría profesional de 'costurera' a las necesidades actuales del sistema sanitario", con lo que "contribuye al correcto funcionamiento de los servicios públicos, y a la mejora de su calidad, eficacia y eficiencia", añaden desde la Junta.
Por parte de la Administración andaluza se subraya además que la nueva orden "tiene en cuenta el principio de transversalidad de género, conforme a lo previsto en los artículos 5 y 31 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, según el cual los poderes públicos integrarán la perspectiva de igualdad de género en la elaboración, ejecución y seguimiento de las disposiciones normativas, con el objeto de eliminar los efectos discriminatorios que pudieran causar y para fomentar la igualdad entre mujeres y hombres".
En concreto, el proyecto de orden plantea que la categoría profesional de 'costurera' pase "a denominarse 'Técnico/a en Costura y
Acabados Textiles'", y que entre cuyas funciones figure la de "ejercer, en el ámbito de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, el aseguramiento del adecuado orden, registro, estocaje, buen uso, etiquetado y conservación de la lencería hospitalaria, uniformes y ropas del personal".
Otras funciones que se le asignan a esta categoría en esta orden son las de "realizar las actividades propias para un adecuado mantenimiento, adecuación, marcado, etiquetado y reparación de la uniformidad y lencería hospitalaria; efectuar la revisión, clasificación, ordenación, preparación y distribución de los estocajes y dotaciones de la uniformidad y lencería hospitalaria; mantener la adecuada identificación, orden y almacenaje de la uniformidad y lencería hospitalaria; cumplimentar la documentación propia de su actividad", y "cualquier otra función relacionada, por razón de su contenido y finalidad, con las previstas en los apartados anteriores".
La orden en la que trabaja la Consejería de Salud también establece que, "para acceder a la categoría de Técnico/a en Costura y Acabados Textiles será requisito estar en posesión del título de Técnico en Confección y Moda establecido por el Real Decreto 955/2008, de 6 de junio, por el que se establece el título de Técnico en Confección y Moda y se fijan sus enseñanzas mínimas, o de cualquiera de las titulaciones equivalentes recogidas en los apartados 1 y 2 de la disposición adicional tercera del mencionado Real Decreto".
También, que "el acceso a las plazas de la categoría profesional de Técnico/a en Costura y Acabados Textiles se realizará de acuerdo con la normativa que regule esta materia para el personal estatutario de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud".
"Las retribuciones, tanto básicas como complementarias, que se asignan a la categoría profesional estatutaria de Técnico/a en Costura y Acabados Textiles serán las asignadas en la actualidad a la categoría profesional estatutaria de Costurera, de acuerdo con las leyes de presupuestos y la normativa de retribuciones del personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud que les sea de aplicación", se puede leer también en el texto de la orden sometido a información pública.
SIN ALTERAR LOS NOMBRAMIENTOS DE PERSONAL DE LA CATEGORÍA
La Consejería que dirige Catalina García contempla también que el cambio de denominación de la categoría profesional de 'costurera' "no alterará el carácter del nombramiento que vincule al personal que ocupe plaza en dicha categoría ni la vinculación con el centro sanitario al que se encuentre adscrita ni, en su caso, modificará el criterio de temporalidad para el que fuera expedido o el desempeño del cargo intermedio que, en su caso, tuviera asignado".
De igual modo, la Junta plantea en esta orden que el personal que a la entrada en vigor de la misma "desempeñe las plazas o funciones de 'costurera' mediante promoción interna temporal, continuará desempeñándolas como Técnico/a en Costura y Acabados Textiles con los criterios de temporalidad inherentes a su autorización", así como que "si a la entrada en vigor de la presente orden estuviesen en ejecución en el Servicio Andaluz de Salud procesos selectivos para cubrir plazas básicas vacantes de 'costurera', a las personas que resulten adjudicatarias de dichas plazas les será expedido el correspondiente nombramiento en la categoría profesional de Técnico/a en Costura y Acabados Textiles".