Publicado 07/06/2020 14:02

Andalucía permite retomar desde este lunes la actividad presencial en centros de formación para el empleo

La consejera de Empleo, Rocío Blanco (d), visita el Centro de Formación para el Empleo Rafael Salinas de Málaga
La consejera de Empleo, Rocío Blanco (d), visita el Centro de Formación para el Empleo Rafael Salinas de Málaga - JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo

SEVILLA 7 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Andalucía autoriza desde este lunes 8 de junio la vuelta a la actividad presencial en todos los centros y entidades de formación profesional para el empleo de titularidad pública y privada, incluidos los adscritos o dependientes de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), con las preceptivas medidas de higiene y distanciamiento social frente al coronavirus Covid-19.

Así lo establece una resolución de la Dirección General de Formación Profesional
para el Empleo publicada este sábado en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y que entra en vigor este lunes 8 de abril coincidiendo con el pase de toda la comunidad autónoma a la fase 3 de desescalada hacia la denominada "nueva normalidad".

La resolución, consultada por Europa Press, permite reanudar en Andalucía la actividad presencial en todos los centros y entidades de formación profesional para el empleo públicos y privados, que quedó suspendida desde el pasado 16 de marzo tras la declaración del estado de alarma para hacer frente a la evolución de la pandemia del coronavirus Covid-19.

En concreto, la Junta establece que dichos centros podrán impartir de manera presencial su actividad "cuando el territorio donde desarrollen su actividad se encuentre en fase 2" y deberán en todo caso "respetar las medidas de higiene y prevención para el personal trabajador y el alumnado, las adecuadas medidas de distancia interpersonal y protección colectiva e individual, y las medidas para
prevenir el riesgo de coincidencia masiva de personas en el ámbito laboral establecidas" dictadas por el Ministerio de Sanidad.

Junto a ello, la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo precisa que estas medidas preventivas "se adaptarán a las normas que se aprueben por el Ministerio de Sanidad respecto de la actividad de los centros educativos y de formación (autoescuelas o academias) que no se contemplan en las medidas a adoptar por las autoridades educativas, dentro de la reanudación de las actividades de prestación de servicios", así como que "serán de aplicación las medidas que en su caso adopte a este respecto la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía".

REPROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES

En el caso de las escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo, las entidades promotoras deberán comunicar a la correspondiente Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, la reanudación de la actividad laboral y la actividad formativa presencial.

Además los centros y entidades de formación deberán presentar una reprogramación de las acciones formativas suspendidas, indicando las nuevas fechas, calendario y horario de impartición. Dicha reprogramación se deberá presentar de forma telemática ante la Delegación Territorial con una antelación mínima de diez días hábiles al reinicio de la acción formativa y en un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la publicación de esta resolución.

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