Líneas límite replanteadas y no replanteadas en el visor cartográfico - JUNTA DE ANDALUCÍA
SEVILLA 18 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA) y la Secretaría General de Administración Local están desarrollando el proyecto de Delimitaciones territoriales de Andalucía. Se trata de una iniciativa estratégica para actualizar las líneas límite que marcan las fronteras entre municipios, basándose en la documentación histórica y la última tecnología en geolocalización de alta precisión. La Junta de Andalucía refuerza así la seguridad jurídica de municipios, administraciones públicas, ciudadanía y empresas, mediante la actualización, digitalización y validación técnica y legal de los límites municipales que separan los pueblos y ciudades.
Tal y como ha señalado la Junta en una nota de prensa, en el ámbito local, la precisión y validez de los límites municipales "son esenciales" para delimitar las competencias de los ayuntamientos, la aplicación de ordenanzas, la gestión urbanística, la recaudación de tributos, la prestación de servicios públicos o la planificación de infraestructuras. Además, para la ciudadanía y la actividad privada o empresarial garantizan una certeza objetiva sobre la localización de propiedades, parcelas, industrias o explotaciones agrícolas, evitando conflictos de jurisdicción o errores catastrales.
A abril de 2026, Andalucía cuenta con 2.311 líneas límite municipales de competencia autonómica, lo que supone un total de unos 20.168 kilómetros. De ellas, 548 cuentan ya con un documento jurídico en el que se establecen las coordenadas precisas de sus puntos de amojonamiento. En su mayor parte se trata de Órdenes publicadas en el BOJA, aunque antes de la aprobación del Decreto 157/2016 de 4 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía, tomaban la forma de Orden del Consejero. Estas líneas, denominadas replanteadas, se muestran en color fucsia en el visor de Delimitaciones territoriales, donde también se pueden consultar las coordenadas de sus puntos de amojonamiento, el trazado definitivo de los tramos entre ellos y otra documentación complementaria, como los documentos jurídicos que las avalan y las reseñas correspondientes a los puntos de amojonamiento.
Para el resto de líneas, consideradas no replanteadas y mostradas en color amarillo en el visor, se requieren actuaciones de replanteo topográfico con los medios informáticos y tecnológicos de que actualmente disponemos, con el objeto de adecuar a la realidad territorial actual las determinaciones contenidas en las actas de deslinde, datadas en su mayoría a finales del siglo XIX, que las sustentan jurídicamente.
El IECA, como organismo que presta asistencia técnica a la Consejería con competencias sobre régimen local, lleva a cabo los correspondientes trabajos de replanteo, recreando primero las condiciones técnicas utilizadas en su momento y aplicando después las técnicas GNSS más actuales para poder dar coordenadas precisas en el Sistema Geodésico de Referencia ETRS89 y trasladar a la realidad geográfica actual el trazado de ellas. Esto se hace a través de informes, que se emiten con el objeto de dotar a los puntos de amojonamiento de coordenadas precisas y definir definitivamente el trazado de la línea límite, sin necesidad de amojonar en el terreno, mediante técnicas modernas de concreción cartográfica y planimétrica.
Según el Decreto 157/2016, estos informes pueden ser emitidos por el IECA, pero también por cualquiera de los ayuntamientos afectados, por las correspondientes diputaciones provinciales o por cualquier otra administración pública, en cuyo caso se precisa un informe de verificación del IECA que envía a la Secretaría General de Administración Local, que a su vez lo remite a los ayuntamientos y diputaciones interesadas para que, en su caso, formulen las alegaciones pertinentes. Una vez finalizado este trámite, el procedimiento continúa y finaliza con la publicación en el BOJA de la orden por la que se establecen los datos identificativos de la línea.
Para generar estos informes, y tomando como base las actas de deslinde, las líneas no replanteadas se clasifican en tres categorías según el nivel de acuerdo alcanzado. A su vez, cada una de estas categorías conlleva la emisión de un informe distinto.
La mayoría de las actuaciones de replanteo se inician a iniciativa de la Secretaría General de Administración Local, y en menor medida a petición de los Ayuntamientos interesados, como consecuencia generalmente de la necesidad de acometer la planificación urbanística. Desde 2024 vienen firmándose acuerdos de planificación anual entre la Secretaría General de Administración Local y el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.