Archivo - Fachada del Palacio de San Telmo de Sevilla en imagen de archivo. - JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo
SEVILLA 2 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Junta de Andalucía ha convocado para el ejercicio 2026 subvenciones dirigidas a organizaciones sindicales para la financiación de sus gastos corrientes, con una dotación máxima de 500.000 euros, según recoge una resolución de la Secretaría General para la Administración Pública publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
La convocatoria se articula en régimen de concurrencia no competitiva, de forma que las ayudas se concederán por orden de presentación de solicitudes hasta el agotamiento de crédito disponible, siempre que las entidades cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
Estas subvenciones tienen como finalidad contribuir al sostenimiento de la actividad ordinaria de las organizaciones sindicales en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, financiando gastos corrientes vinculados a su funcionamiento habitual y a su labor de representación del personal público.
Asimismo, la convocatoria da continuidad a una línea de ayudas de carácter anual dirigida a respaldar el papel de los sindicatos en el ámbito de la función pública andaluza, en un contexto en el que participan en la negociación colectiva, los procesos electorales de representación y los acuerdos laborales.
Así, el modelo de concurrencia no competitiva prioriza la agilidad administrativa y permite reducir los plazos de resolución, aunque introduce como elemento determinante el momento de presentación de la solicitud, ya que el crédito puede agotarse antes de finalizar el plazo.
La tramitación del procedimiento será íntegramente telemática, tanto para la presentación de solicitudes como para las notificaciones, que se realizarán a través de medios electrónicos.
Las entidades interesadas deberán presentar sus solicitudes a través del Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, utilizando los formularios habilitados en la oficina virtual de la Consejería.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA.
Por su parte, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico, pudiendo entenderse desestimada en caso de no recibir respuesta en ese periodo.
Los gastos subvencionables deberán haberse realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, según establece la resolución.
En cuanto a la justificación, las organizaciones beneficiarias dispondrán de un plazo máximo de dos meses desde la notificación de la resolución para acreditar el destino de los fondos.
Además, deberán justificar al menos el 60% de la subvención concedida, pudiendo perder el derecho al cobro en caso de no alcanzar este porcentaje o de no subsanar correctamente la documentación requerida.