Publicado 10/01/2017 18:43

Salud crea la mesa de seguimiento de la interinización de 15.000 eventuales estructurales

Se han establecido los criterios para incluir a los profesionales que tendrán nombramiento interino el 1 de febrero y el calendario de trabajo

SEVILLA, 10 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha constituido este martes la mesa de seguimiento del acuerdo firmado con UGT, CCOO y Sindicato Médico en la pasada Mesa Sectorial de Sanidad para iniciar el proceso de interinización de 15.000 trabajadores eventuales. En esta primera reunión se han establecido los criterios para incluir a los profesionales que tendrán un nombramiento interino a partir del 1 de febrero: deben ser eventuales que presten servicios de atención de necesidades estructurales, tener acumulados en un periodo de 24 meses 12 meses como estructural en un mismo centro desempeñando las mismas funciones, en la misma categoría/especialidad.

Se ha concretado también, según un comunicado, un calendario de trabajo que contempla una reunión semanal hasta que se finalice la revisión de todas las categorías/especialidades. A la vez, se constituirá este miércoles día 11 una mesa de seguimiento en cada centro que elaborará un listado de sus profesionales beneficiarios de esta medida.

El proceso de interinización se realiza siguiendo el dictado de la sentencia prejudicial redactada por la Sala décima del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-16/15 y las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla, en diversos Recursos de Apelación que hacen suyas las conclusiones de la Sentencia del TJUE antes citada.

En este sentido, la sentencia del TSJA pone de manifiesto que la renovación de los nombramientos se halla determinada con el fin de atender necesidades que no son provisionales, y que por tanto que son permanentes, y ello legitima reconocer el derecho de quien está en esa situación a ser mantenida en su puesto de trabajo de manera interina hasta en tanto no se provea de manera legal y reglamentaria mediante una oferta de empleo público.

Además, se verá beneficiado el personal que, demandante de empleo e inscrito en Bolsa, sea contratado para cubrir las necesidades de personal tras una jubilación u otras necesidades estructurales. Los nombramientos para cubrir necesidades permanentes o estructurales de forma temporal hasta su cobertura definitiva por oferta pública de empleo, a partir de la firma del acuerdo se realizarán como interinidades, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Marco del Personal Sanitario y en el Pacto de Bolsa Única.