Publicado 02/09/2021 13:18

UE.- El TUE declara ilegal el cálculo del impuesto de matriculación de vehículos importados de Portugal

Archivo - Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala)
Archivo - Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) - Tribunal de Justicia de la Unión Europea - Archivo

BRUSELAS, 2 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este miércoles que las modalidades del cálculo del impuesto de matriculación de los vehículos de ocasión importados que tiene Portugal son contrarias al principio de libre circulación de mercancías del bloque.

En particular, el tribunal de Luxemburgo ha destacado que la normativa portuguesa "no garantiza que los vehículos de ocasión importados sean sometidos a un impuesto del mismo importe que el que grava a los vehículos similares ya presentes en el mercado portugués".

Ya en 2016, el TUE sentenció que Portugal había incumplido sus obligación de garantizar la libre circulación de mercancías. Entonces, declaró que para determinar el importe del impuesto que grava a los vehículos no se tenía en cuenta la depreciación de dicho vehículo.

Lisboa modificó el sistema y en el nuevo cálculo del importe del impuesto los porcentajes de reducción en función de la edad del vehículo se aplican únicamente a la cilindrada del mismo, mientras que le componente medioambiental se devenga íntegramente.

La Comisión Europea volvió a solicitar a la Justicia europea que declarase que Portugal sigue incumpliendo la normativa comunitaria, una apreciación que comparte el tribunal con sede en Luxemburgo en su fallo de este jueves.

Así, el TUE declara que en el sistema reformado el importe del impuesto de matriculación para vehículos de ocasión importados en Portugal desde los demás Estados miembros se computa sin calcular la depreciación real debido a que no prevé ninguna reducción del componente medioambiental.

En consecuencia, la normativa "no garantiza" que los vehículos de ocasión importados desde otro socio comunitario "sean sometidos a un impuesto del mismo importe que el del impuesto que grava los vehículos de ocasión similares ya presentes en el mercado nacional", lo que contraviene las reglas europeas sobre libertad de circulación de mercancías.