Actualizado 24/07/2019 13:09

Todo lo que debes saber de la cotización por ingresos reales

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Uno de los principales problemas que tienen los autónomos es el sistema actual de cotización a la Seguridad Social. Los trabajadores por cuenta propia pueden elegir su base de cotización entre un mínimo y un máximo, que en 2019 oscila entre los 944,40 € y los 4070,10 € al mes. En función de la base elegida, pagaremos más o menos a la Seguridad Social (como mínimo, será el 30%, de modo que la cuota mínima es de 283,32 €).

El sistema de cotización determina las coberturas que tienen los autónomos. La base de cotización sirve para calcular la cuantía de las prestaciones de desempleo, incapacidad temporal, prestación por maternidad o paternidad y, sobre todo, la pensión de jubilación.

La realidad es que una gran mayoría de los autónomos cotiza por la base mínima (en torno al 66%, según ATA). Esta situación hace que su pensión de jubilación y otras prestaciones sean hasta un 40% más baja que la de los trabajadores asalariados.

Qué es la cotización por ingresos reales

Para corregir esta situación, muchas asociaciones de autónomos han propuesto al Gobierno la cotización por ingresos reales, que básicamente implica que los autónomos deben cotizar según sus ingresos declarados anualmente.

Aunque todavía es una simple propuesta y falta por definir en detalle cómo se articularía, algunas asociaciones como ATA y UPTA han propuesto una escala de tramos a partir de los cuales se definirían las bases de cotización:

  • En el primer tramo se situarían aquellos autónomos con ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI), de 12.600 € en 2019, que pagarían solo 50 €.
  • El segundo tramo comprende a los autónomos con ingresos superiores al SMI y hasta 30.000 € anuales, a los que se les aplicaría el régimen actual, con independencia de la base de cotización escogida.
  • El siguiente tramo comprende las declaraciones anuales de entre 30.000 y 40.000 €, que cotizarían en una base equivalente a la del Grupo 1 del Régimen General que en 2019 oscila entre 1215,90 y 4070,10 € mensuales.
  • El cuarto tramo engloba a los autónomos con rentas comprendidas entre 40.000 y 60.000 €, donde ATA y UPTA plantean una cotización de 1,5 veces la base mínima, es decir, 1416,66 € mensuales en 2019.
  • El último tramo comprende a los autónomos con rentas superiores a los 60.000 €, para los cuales se plantea una cotización de dos veces la cotización mínima establecida cada año, es decir, 1888,80 € mensuales. 

Los beneficiados y los perjudicados con la cotización por ingresos reales

Aquellos trabajadores cuya base de cotización se incrementase con la cotización por ingresos reales saldrían perdiendo a corto plazo, aunque bien es cierto que esa mayor cotización supondrá mejores coberturas en el futuro. En el tramo propuesto por las principales asociaciones de autónomos, se encontrarían aquellos trabajadores cuyos ingresos fuesen superiores a los 30.000.

¿Y los beneficiados? Dado que todos los autónomos están obligados a darse de alta en la Seguridad Social, se dan situaciones tan injustas como que un trabajador con ingresos inferiores a la cuota mínima (283,32 €) tenga que abonarla igualmente, y se vea obligado a asumir pérdidas simplemente por trabajar.

La cotización por ingresos reales viene a resolver este tipo de situaciones. Los trabajadores con ingresos inferiores al SMI solo tendrán que abonar el importe de la tarifa plana, de modo que su cuota se verá rebajada sensiblemente.

En todo caso, esto es simplemente una propuesta. Falta mucho aún para saber si se puede llevar a la práctica, pero todo apunta a que será el nuevo sistema al que se tendrán que acostumbrar todos los autónomos.

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