Publicado 11/02/2026 14:33

El ICAM celebra la modificación del Reglamento de asistencia jurídica gratuita: "Es un primer paso"

Archivo - Fachada de la sede del ICAM
Archivo - Fachada de la sede del ICAM - ICAM - Archivo

MADRID 11 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha valorado positivamente la aprobación del Real Decreto que modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita al considerarlo "un primer paso" al introducir mejoras relevantes para el Turno de Oficio y contribuir a reforzar la sostenibilidad del sistema, según ha informado la institución en un comunicado.

El ICAM ha subrayado que estas medidas se adoptan en "un momento especialmente sensible para la Justicia Gratuita" y ha destacado que las mejoras llegan tras haber trasladado de forma reiterada a las administraciones competentes "la necesidad de actualizar los módulos y de corregir la situación de precariedad que venía comprometiendo la prestación del servicio".

El nuevo Real Decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), actualiza las tablas de retribuciones y los criterios de pago del Turno de Oficio, reemplazando los anexos II y III del Reglamento por otros revisados.

Entre las novedades, el Anexo II fija en 600 euros la retribución del procedimiento penal de especial complejidad, incluida la intervención ante la Audiencia Nacional, y regula la actuación en medios adecuados de solución de controversias (MASC), estableciendo una compensación de 30 euros cuando no haya acuerdo y del 125% de la cuantía aplicable al procedimiento cuando sí se alcance. También eleva al 125% la compensación prevista para las transacciones extrajudiciales.

El diputado del ICAM responsable del Turno de Oficio, Juan Manuel Mayllo, ha afirmado que "las mejoras en los baremos son un primer paso, pero no palian años de baremos insuficientes". Ha añadido que la norma "no contempla el pago de todas las actuaciones que realizan los letrados, que debe ser punto de partida de cualquier modificación de la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita".

Mayllo ha señalado que los letrados "han sufrido una evidente pérdida de poder adquisitivo por la no actualización de los baremos" y ha recordado que "ha sido su vocación y profesionalidad la que sostiene un derecho fundamental como es el acceso a la justicia de toda persona con independencia de sus recursos".

Respecto a la asistencia gratuita inmediata para víctimas de terrorismo, trata, explotación sexual y violencia sexual, el Colegio ha recordado que este reconocimiento ya está previsto en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, por lo que su desarrollo reglamentario, aunque relevante, constituye la transposición de un mandato legal ya vigente.

Asimismo, el ICAM ha destacado que el Real Decreto atiende una de sus reclamaciones técnicas al corregir el apartado relativo a los folios, adaptándolo para incluir incidencias en la tramitación que hasta ahora quedaban insuficientemente reflejadas en la compensación.

El Colegio ha considerado este ajuste "relevante" porque reconoce el trabajo efectivo y las cargas reales del servicio, aporta mayor claridad en la aplicación de los módulos y evita interpretaciones restrictivas que perjudicaban a los profesionales del Turno de Oficio.

Contador

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado