SAN SEBASTIAN 2 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Ayuntamiento de San Sebastián tiene lista para su aprobación definitiva en Pleno la ordenanza para transformar locales en viviendas y para la división de éstas.
Tras finalizar el trámite de exposición pública y recibir el visto bueno de la Junta de Gobierno Local, incorporando dos alegaciones de un total de ocho presentadas, la ordenanza está lista para su aprobación en el próximo Pleno.
Los servicios municipales de Urbanismo y Medio Ambiente han trabajado la normativa, proponiendo la incorporación de algunas mejoras técnicas.
El Ayuntamiento ha recordado que el Gobierno de la ciudad resolvió abrir una interlocución especial con las Asociaciones de Comerciantes y Hosteleros para tratar el tema de los locales que pretenden transformarse en viviendas y son colindantes con otras actividades que pueden resultar molestas.
En este sentido, ha indicado que las asociaciones de hosteleros "no se han pronunciado y la Asociación de Comerciantes SshopDonosti se ha adherido" a la propuesta municipal consistente en permitir la transformación del local en vivienda, estableciendo como condición que el interesado en la reconversión se haga cargo de las obras precisas de insonorización y aislamiento.
En cuanto a los cambios principales introducidos por la ordenanza, ha explicado que la misma permite con carácter general la transformación de locales en vivienda en planta baja y entresuelo. La novedad que ahora se incluye es que esta ordenanza se aplicará también a aquellos locales de semisótano a los que un Plan Especial permita, excepcionalmente, su utilización como vivienda.
Las dos reglas aplicables serán, la del tamaño promedio (media de 85 y fracción de 45) y la determinación en alguna parcela de baja densidad del número máximo de viviendas.
Se podrá habilitar en la denominada Zona 1, el acceso directo desde la calle a través de un nuevo vestíbulo distribuidor que dé acceso a cuatro viviendas. Se considera Zona 1 el área central de la ciudad en la que no se admiten viviendas en planta baja, si no están protegidas por un alfeizar de 2,20 metros o no cuentan con una parcela privada de tres metros.
Además, se recogen dos criterios para permitir el acceso desde la parcela privada. Por un lado, se acepta la imposibilidad jurídica de poder acceder por zonas comunes por falta de conformidad de los vecinos.
La parcela privada de acceso de tres metros delante de la vivienda puede ser parcela de la vivienda, parcela de la comunidad e inclusive parcela de otra comunidad. En los últimos años se han tramitado 50 licencias de promedio al año, 25 de transformación de viviendas en locales y 25 de división de viviendas. La previsión es que con la aprobación de la Ordenanza se tramiten este año 150 licencias, debido a la aplicación de los nuevos criterios.