Consulta.-El Gobierno vasco expresa en el TC su conformidad con la personación de PNV, EA, EB y Aralar

Actualizado: miércoles, 13 agosto 2008 19:43

Afirma que estos partidos "son destinatarios privilegiados" de la Ley, que es singular" y de "caso único"

BILBAO, 13 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno vasco expresó hoy ante el Tribunal Constitucional su conformidad con la personación de PNV, EA, EB y Aralar en el procedimiento abierto contra la Ley de Consulta -después de que haya sido impugnada por el Ejecutivo de Zapatero y por el PP-, al considerar que estos partidos "son destinatarios privilegiados" de la Ley, que es singular" y de "caso único"

Mediante providencia del pasado 8 de agosto, el TC dio traslado a las partes del escrito por el que estas cuatro formaciones se personaban en el procedimiento y realizaban alegaciones a las demandas del Ejecutivo socialista y los populares, con el fin de que, en el plazo de tres días realizaran las consideraciones que considerasen oportunas.

El Gobierno vasco presentó hoy ante el Constitucional sus alegaciones, en las que considera que el tripartito y Aralar pueden estar presentes en el proceso, posibilidad que, a su juicio, se prevé en el artículo 24.1 Contitución Española, la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y "la que apuntan diversas resoluciones" del Tribunal Constitucional, "a fin de que, con plena 'igualdad de armas' respecto a las demás partes procesales, puedan libremente alegar lo que a su derecho convenga en este procedimiento".

"La posición del Tribunal Constitucional sobre la posibilidad de personación de otros sujetos distintos de los expresamente citados en la Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en los procesos constitucionales no excluye totalmente tal posibilidad", subraya.

De esta forma, en referencia al recurso de inconstitucionalidad "y atendiendo precisamente a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Tribunal Constitucional ha considerado teóricamente posible la comparecencia o audiencia de otros sujetos distintos de los legitimados" por la Constitución y la legislación, "por ejemplo en los casos en los que se examina la constitucionalidad de una Ley singular o de caso único".

Por su parte, apunta que la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo "ha calado igualmente en referencia a las cuestiones de inconstitucionalidad", a partir de una sentencia del TC del 3 de marzo de 2005, en la estima la posibilidad de "flexibilizar el tenor" cuando "así lo impongan consideraciones inaplazables de defensa de los derechos fundamentales, particularmente, cuando su infracción ha sido formalmente constatada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos".

"LEY SINGULAR"

Los servicios jurídicos del Gobierno vasco apuntan, en este sentido, que, en este caso, "la Ley impugnada es una Ley singular al agotar su vigencia con su mera aplicación, y es de caso único".

"Los comparecientes resultan ser destinatarios privilegiados de la Ley impugnada, por un lado, porque como partidos políticos ejercen la representación de los ciudadanos, representación de relevancia constitucional por cuanto la Constitución les atribuyen la misión de encauzar y facilitar la participación política de la ciudadanía, que es precisamente el objeto de la Ley impugnada", señala.

Asimismo, también defiende que el tripartito y Aralar son, por otro lado, "destinatarios directos y particulares de dicha Ley, dado que les corresponde un papel activo en la misma, con el fin de canalizar dicha participación y, además, porque la segunda de las preguntas sometidas a consulta inquiere sobre el proceder de los partidos políticos vascos".

Por todo ello, el Ejecutivo autonómico se muestra conforme con la comparecencia en el presente procedimiento de las cuatro formaciones y pide que se admita su escrito. Por su parte, tanto el Gobierno de Zapatero como el PP se han opuesto a que estos partidos sean parte en el procedimiento.