Hacienda alavesa extenderá la exención del IRPF a prestaciones por maternidad y paternidad de las mutualidades

Publicado: viernes, 18 enero 2019 12:02

El gobierno de Álava subraya que esta medida "aporta seguridad jurídica y evita discriminaciones" entre la población alavesa

VITORIA, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de Álava ha aprobado este viernes un proyecto
de Norma Foral que modifica el IRPF para incluir en la exención también a las madres y padres cooperativistas, funcionarios y otros trabajadores que perciben las prestaciones de mutualidades y entidades de previsión social.

Una sentencia del Tribunal Supremo determinó el pasado 3 de octubre que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento o adopción de un hijo, están exentas del IRPF.

En un comunicado, la Diputación alavesa ha explicado que la sentencia del Tribunal Supremo se refería sólo a las prestaciones de la Seguridad Social pero, "por seguridad jurídica y para evitar discriminación", el Gobierno Foral ha aprobado extender las ventajas fiscales a todos los trabajadores.

De esta forma, el Consejo de Gobierno de la Diputación de Álava ha dado luz verde al proyecto de Norma Foral que modifica el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para "aclarar" las exenciones en el caso de las prestaciones de maternidad y paternidad.

En concreto, la medida extiende las exenciones a las prestaciones
recibidas de mutualidades de previsión social, "siempre y cuando sustituyan a las prestaciones de la Seguridad Social".

De esta manera, quedarán exentos del pago del IRPF tanto las personas
cooperativistas que reciben prestaciones de entidades de previsión social voluntaria, como las personas trabajadoras que reciben las prestaciones a través del MUFACE u otras mutualidades de previsión social.

Asimismo, el gobierno foral ha destacado que con esta medida "se aporta seguridad jurídica y se evitan discriminaciones entre la población alavesa", ya que la sentencia del Tribunal Supremo hacía referencia sólo a las prestaciones de la Seguridad Social.

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