La Hacienda vizcaína y el Consejo General del Notariado firman un convenio para la prevención del fraude

Europa Press País Vasco
Actualizado: viernes, 23 mayo 2008 18:49

BILBAO 23 May. (EUROPA PRESS) -

El diputado de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia, José María Iruarrizaga, el presidente del Consejo General del Notariado, José Marqueño, y el decano del Colegio Notarial de Bilbao, Manuel López Pardiñas, firmaron hoy un convenio, que tendrá vigencia inicial hasta el 31 de diciembre de 2009, para la lucha contra el fraude.

El acuerdo sienta las bases para el aprovechamiento de la información que el colectivo de notarios genera, al objeto de facilitar la detección y, por ello, dificultar desde sus fases más tempranas el fraude fiscal en sus variadas formas, mejorando de esta manera la colaboración individual y atomizada de cada uno de los notarios con la Hacienda Foral de Bizkaia.

Por un lado, el convenio busca concretar la forma y condiciones en que el Consejo General del Notariado suministrará al Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia la información con trascendencia tributaria contenida en su Índice Único Informatizado.

Esta colaboración se articulará a través del suministro periódico de información sobre hechos, actos o negocios realizados por los contribuyentes cuya exacción corresponda a la Hacienda Foral de Bizkaia.

En este sentido, con carácter general, suministrarán información sobre todas las operaciones realizadas por contribuyentes vizcaínos, en el Territorio Histórico de Bizkaia o fuera de él, e incluso por contribuyentes no vizcaínos que sean deudores de la Hacienda Foral de Bizkaia o intervengan en operaciones con inmuebles que radiquen en Bizkaia.

También se materializará en el suministro de información sobre tipos de operaciones o grupos de operaciones con riesgo de fraude fiscal; requerimientos de información de la Hacienda Foral de Bizkaia, sin perjuicio de las obligaciones de información previstas en las normas legales y; cooperación con el Órgano de Colaboración Tributaria del Consejo General del Notariado.

Por otro lado, se establecen los medios y procedimientos para mejorar el principio de coordinación entre el Servicio de Catastro de la Hacienda Foral de Bizkaia y el Ilustre Colegio Notarial de Bilbao de manera que se garantice la identificación de los bienes inmuebles, mediante distintas técnicas de traslado de información que faciliten la transparencia del tráfico jurídico inmobiliario.

OPERACIONES CON RIESGO DE FRAUDE

El Consejo General del Notariado remitirá a Hacienda Foral de Bizkaia la información contenida en el índice único informatizado, que contiene relación comprensiva de todos los documentos autorizados por los notarios y en los que su exacción corresponda a la Hacienda Foral de Bizkaia.

Por ejemplo, informará sobre documentos referentes a actos o negocios jurídicos que constituyan hecho imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, cuando los documentos notariales se refieran a actos o negocios jurídicos que constituyan hecho imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en aquellos otros supuestos en los que cualquiera de los intervinientes, sea persona física o jurídica, tenga su domicilio fiscal en Bizkaia.

El Consejo General del Notariado trasladará también a la Hacienda Foral de Bizkaia información completa sobre las operaciones en las que se aprecie riesgo de fraude o posible incumplimiento del sistema tributario foral, y también información inmobiliaria obrante en los documentos autorizados por los Notarios y recogida en el índice único informatizado en los que consten hechos, actos o negocios sobre inmuebles que afecten a sus características físicas, económicas o jurídicas, cuando alguno de los intervinientes tenga su domicilio fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia o el inmueble radique en dicho Territorio.

COORDINACIÓN CON EL CATASTRO DE BIZKAIA

Los Notarios con demarcación en el Territorio Histórico de Bizkaia, ante quienes se solicite la autorización de actos, negocios o procedimientos en los que se pongan de manifiesto cualesquiera alteraciones de bienes inmuebles, deberán solicitar que se les acredite debidamente, siempre que exista, la identidad de los inmuebles objeto de los mismos con su referencia catastral mediante el número fijo en el caso de los bienes de naturaleza urbana y mediante municipio, polígono y parcela en el caso de los de naturaleza rústica.

En los casos en que no existiera referencia catastral, deberá solicitarse al Servicio de Catastro y Valoración de la Diputación Foral de Bizkaia la identificación correspondiente, así como Certificados catastrales y, en su caso, los gráficos anexos, que contendrán tanto datos públicos como especialmente protegidos, esto es, titularidades catastrales, sujetos pasivos, DNI o NIF y valor catastral de los inmuebles sitos en el Territorio Histórico de Bizkaia.

En su lucha contra el fraude, la Hacienda vizcaína colaborará también con el Ministerio de Industria, el Ministerio de Administraciones Públicas, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el INE, el Gobierno Vasco, EUDEL y con las otras Administraciones tributarias (AEAT, Navarra, Gipuzkoa y Alava).

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