El índice de precios de referencia se establece en todo Euskadi para limitar la vivienda en zonas tensionadas

El Gobierno Vasco amplía las rentas y los ingresos permitidos de los programas públicos de alquiler

Archivo - Viviendas en construcción en el barrio de Bolueta (Bilbao)
Archivo - Viviendas en construcción en el barrio de Bolueta (Bilbao) - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press País Vasco
Publicado: lunes, 20 abril 2026 17:04

VITORIA, 20 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este lunes la resolución del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana que establece el índice de precios de referencia para Bizkaia y Álava, que se suman así a Gipuzkoa, donde está en vigor desde septiembre de 2025, por lo que la medida se hará efectiva en todo Euskadi este martes, con el objetivo de "limitar los precios del alquiler en todos los municipios vascos declarados zona tensionada".

Así lo ha destacado este lunes el consejero de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno Vasco, Denis Itxaso, quien ha comparecido en rueda de prensa, para explicar las novedades del Decreto de Medidas Urgentes que se aprobará el martes en Consejo de Gobierno.

Itxaso ha precisado que, entre los municipios vascos declarados como zona tensionada se encuentran las tres capitales, Errenteria, Zumaia, Lasarte-Oria, Irun, Astigarraga, Usurbil, Tolosa, Hernani y Lezo en Gipuzkoa, y Barakaldo y un distrito de Galdakao en Bizkaia.

En ese sentido, ha expresado que, "con estos índices, las zonas tensionadas quedan ya reguladas al completo" y ha puesto en valor que "la aprobación del decreto de medidas urgentes y contar con los índices de precios de referencia para los tres territorios suponen un escudo social para Euskadi".

Este índice permite fijar una horquilla de precios de referencia para distintos supuestos: viviendas propiedad de grandes tenedores (con cinco o más inmuebles), aquellas que se incorporan por primera vez al mercado del alquiler, y viviendas que no han sido arrendadas en los últimos cinco años. De este modo, se establece un marco objetivo para limitar las rentas en aquellas áreas con mayor presión sobre el mercado residencial.

No obstante, Itxaso ha recordado que aproximadamente el 90% de los contratos de arrendamiento en los municipios afectados ya estaban sujetos a mecanismos de control a través del Índice de Referencia de Alquiler de Vivienda (IRAV), actualmente en el 2,47%, por lo que el nuevo índice será de aplicación principalmente sobre el 10% restante de los contratos.

Desde este martes se podrá consultar el rango de precios de referencia aplicable a una vivienda concreta, a través de la página web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Para ello, es necesario introducir la referencia catastral o la dirección completa del inmueble, junto con información adicional como el certificado energético, la planta y el estado de conservación.

Como ejemplos aproximados, en Bilbao los alquileres se sitúan aproximadamente entre los 700 y los 950 euros mensuales, siendo 800 euros el precio más común; en Donostia oscilan entre los 822 y los 1.200 euros mensuales, siendo 967 euros el precio más común; y en Vitoria-Gasteiz, los alquileres se mueven entre los 624 y los 813 euros mensuales, con 721 euros como precio más habitual.

ACCESO A LA VIVIENDA

Por otro lado, el Consejo de Gobierno Vasco aprobará este martes el Decreto de modificación urgente de disposiciones reglamentarias en materia de vivienda, una norma que "refuerza el escudo social de Euskadi frente a la emergencia habitacional y que pone el foco, de forma prioritaria, en mejorar los programas de acceso a una vivienda asequible para los demandantes de alquiler".

Según ha destacado el consejero, el decreto modifica doce normas en vigor "para adaptar las políticas públicas de vivienda a la nueva realidad del mercado, ampliar coberturas, flexibilizar instrumentos y ofrecer respuestas más rápidas y eficaces a quienes hoy tienen más dificultades para acceder a una vivienda digna y adecuada".

El decreto introduce cambios regulatorios, entre otros, se amplían las rentas y los ingresos permitidos de los programas públicos de alquiler, y se va a facilitar la conversión de lonjas en vivienda.

Así, en el programa 'Bizigune', el decreto incrementa el canon que perciben las personas propietarias que ceden su vivienda hasta el 80% del valor de mercado, con un máximo de 700 euros mensuales. Además, permite que, en municipios declarados zona tensionada, "ese canon pueda alcanzar el 95% del precio medio de la EMAL".

Asimismo, se eleva, hasta los 46.463,29 euros, el umbral máximo de ingresos de las personas interesadas en acceder a una vivienda en alquiler de este programa, para "llegar a la clase media".

Respecto a 'Gaztelagun', se actualizan las condiciones de acceso a las ayudas al alquiler para jóvenes, ya que las rentas máximas subvencionables aumentan hasta los 900 euros en Bilbao, Donostia/San Sebastián y Vitoria-Gasteiz, 800 euros en las áreas metropolitanas de Bilbao y Donostia/San Sebastián y en los municipios de más de 10.000 habitantes, y 750 euros en el resto. En los municipios declarados zona tensionada, esos límites podrán elevarse hasta el 95% del precio medio de la EMAL.

Además, los ingresos máximos para optar a esta ayuda se amplían hasta 30.000 euros para solicitudes individuales, 36.764 euros para unidades convivenciales formadas por dos personas y 39.184 euros para familias numerosas. "El programa incorpora, por primera vez, nuevas realidades residenciales: serán subvencionables el subarriendo y el alquiler de habitaciones, y podrá haber hasta dos ayudas por vivienda compartida siempre que cada unidad convivencial disponga de su propio contrato", ha anunciado Itxaso.

En los procedimientos de adjudicación de vivienda protegida en alquiler, el decreto actualiza los cupos y establece que, para el colectivo de personas menores de 36 años, podrá reservarse hasta el 50% de las viviendas no adaptadas. Junto a ello, se incorpora un nuevo requisito de arraigo para acceder a los procedimientos de adjudicación en arrendamiento, por el que será necesario acreditar "un mínimo de tres años de empadronamiento en Euskadi".

Otra de las novedades relevantes es la mejora del alcance del derecho subjetivo a la vivienda. El decreto eleva en 1.000 euros los umbrales de ingresos para su reconocimiento, de modo que podrán acogerse quienes no superen los 14.000 euros anuales en unidades de un miembro, los 18.000 euros en unidades de dos miembros y los 20.000 euros en unidades de tres o más miembros.

LONJAS COMERCIALES

La norma incorpora medidas concretas de redensificación y regeneración urbana para "ampliar la oferta sin consumir nuevo suelo". En particular, facilita la reconversión total o parcial de edificios de uso industrial o terciario y de 7.500 locales comerciales en planta baja en edificios residenciales con destino a uso de vivienda, asimilando estas actuaciones a las viviendas colaborativas a efectos de habitabilidad.

"Flexibiliza determinadas exigencias técnicas, al permitir estas transformaciones sin necesidad de que el planeamiento lo contemple previamente y exonerando la aplicación de determinados requisitos del decreto de habitabilidad, con el fin de hacer viable la generación de nueva vivienda asequible en zonas urbanas ya consolidadas", ha ampliado Itxaso.

Tal y como ha expresado, "del mismo modo que se posibilita generar levantes para aprovechar y densificar la ciudad y para aprovechar el poco suelo que tenemos, ahora estamos en disposición de poder sacar mucho más provecho de los locales comerciales".

El Gobierno Vasco acompaña esta reforma normativa con nuevas autorizaciones de gasto para sostener las ayudas y prestaciones del sistema público de vivienda. El Consejo de Gobierno dará cobertura a 39,85 millones de euros para subvenciones de rehabilitación de viviendas en las líneas 1 y 2, 9,2 millones para rehabilitación energética, 35,704 millones para fomento del alquiler, 7,15 millones para subsidios de puntos de interés del convenio financiero y 21,8 millones para el programa 'Gaztelagun'.

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