Archivo - Sede del TSJPV - EUROPA PRESS - Archivo
BILBAO, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -
Un juzgado de lo Contencioso-administrativo de Bilbao ha dictado un nuevo auto que exige a la universidad pública vasca, EHU, que ejecute "de inmediato" las resoluciones dictadas este pasado lunes en las que le ordenan que no tenga en cuenta o queden en suspenso, de forma cautelar, los ceros con los que fueron evaluados varias decenas de estudiantes en el examen de Euskera y Literatura II de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU). En caso de no hacerlo, advierte de que deducirá testimonio por un presunto delito de desobediencia, según la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press.
Fueron alrededor de 25 autos los que se dictaron ayer en el mismo sentido por cinco juzgados de lo Contencioso de Bilbao, que consideraron, entre otras cuestiones, que se ha podido "quebrar el deber de garantizar el anonimato del alumnado y del centro" del que provenían. Se trata de una medida cautelar a la espera de sentencia sobre el fondo del asunto.
Ante el escrito presentado por la defensa de varios alumnos para que se ejecuten los autos de ayer, ya que la web de la EHU no les permite matricularse sin contar la nota de euskera, pese a lo ordenado por los tribunales, este Juzgado exige "la ejecucion inmediata de lo acordado".
El órgano judicial recuerda que los autos dictados este pasado lunes "son ejecutivos desde el mismo momento de su dictado", y la posible presentación de un recurso de apelación produce "un efecto devolutivo", de forma que será resuelto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), pero no es "suspensivo".
Por ello, destaca que la Ley establece que las medidas cautelares decretadas son "de inmediato cumplimiento", por lo que su ejecucion "es obligada, sin dilacion y en sus exactos términos".
El juez señala que, en el escrito presentado por la defensa de varios estudiantes afectados, informó que en el sistema informático de gestión académica (Sarbidea) "se impide materialmente" a estos alumnos "formalizar la matrícula, de modo que la calificación impugnada se sigue computando y la medida cautelar acordada se halla, de hecho, desactivada".
El abogado asegura que "se trata de una vía de hecho y una conducta dirigida a eludir el cumplimiento de lo resuelto". Además, aporta un comunicado de la UPV/EHU de este lunes --que anunciaba que recurriría y aseguraba que la medida cautelar resultaba de "imposible cumplimiento"-- y un pantallazo de la aplicación empleada para formalizar la matrícula, en el que se indica: "No se puede finalizar tu preinscripción hasta que tu prueba de acceso esté superada".
CUMPLIMIENTO "SIN DEMORA"
El juez apunta, por tanto, que los hechos expuestos permiten concluir que, pese al tiempo transcurrido, "la preinscripción no se ha formalizado, ya que el sistema informático no ha sido adaptado a la realidad de los autos, que obliga a que no sean tenidas en cuenta, o queden en suspenso las calificaciones del ejercicio de Lengua Vasca y Literatura II". "Por lo tanto, se hace preciso requerir expresamente a la UPV/EHU para que proceda sin demora al inmediato cumplimiento de lo ordenado en resolución judicial", afirma.
Tras admitir que pudiera entenderse que la adaptación del sistema informático y el recálculo de las notas requiere un tiempo, apunta que, "para facilitar la buena marcha del proceso de preinscripción", concede un plazo de 48 horas a contar desde la notificación de este auto a la Universidad "para que proceda a facilitar la preinscripción" de estos estudiantes.
Para ello, explica que la EHU podrá emplear la misma plataforma digital habilitada al efecto o bien permitir la formalización presencial de la preinscripción. "Una vez efectuadas las preinscripciones, por la UPV/EHU se deberá poner ese hecho en conocimiento del órgano judicial, mediante la certificación correspondiente", añade.
POSIBLE DESOBEDIENCIA
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo apercibe a la universidad pública vasca de que, "en caso de no facilitarse la preinscripción conforme a lo expuesto, se procederá a deducir testimonio por la posible comisión de delito de desobediencia".
"Finalmente, se insiste en que lo aquí resuelto debe ser ejecutado sin dilación, ya que el recurso de apelación que pudiera presentarse, al igual que en el caso del auto de medidas cautelares, produce efecto devolutivo y no suspensivo", concluye el auto.