Oficina de Correos - EUROPA PRESS
BILBAO, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -
Los migrantes que quieran regularizarse en Euskadi lo podrán solicitar a partir de este lunes en 23 oficinas de correos ubicadas en Vitoria-Gasteiz (Álava), en Bilbao, Getxo y Barakaldo, en Bizkaia, y en San Sebastián-Donostia e Irún, en Gipuzkoa, así como en tres sedes de la Seguridad Social de las capitales de la Comunidad Autónoma Vasca.
Para los trámites presenciales de regularización, se debe haber pedido antes cita previa --el plazo se abrió el pasado día 16--, a través del teléfono 060 o de forma telemática en la web del Ministerio de Inclusión: https://inclusion.gob.es/regularizacion. El plazo finalizará el 30 de junio de 2026. La vía telemática para regularizarse estará disponible de manera ininterrumpida las 24 horas del día los 7 días de la semana.
En Euskadi, más de 20 asociaciones colaboran para ayudar a quienes soliciten su regularización en Euskadi, según ha informado a Europa Press la Delegación del Gobierno en el País Vasco, que ha afirmado que, al estar en situación irregular, no tienen datos concretos de cuántas personas pueden ser.
En todo caso, solo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo se habían detectado a 25.800 personas, de las que en el último año y medio 13.582 han pasado por procesos de formación y orientación laboral (4.899) o han realizado un diagnóstico de su situación (7.618), según dio a conocer la viceconsejera vasca de Trabajo y Seguridad Social, Elena Pérez Barredo, a principios de este mes.
UN TOTAL DE 26 PUNTOS DE REGULARIZACIÓN PRESENCIAL
Las personas extranjeras que ya tengan cita previa podrán acudir a partir de este lunes a las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ubicadas en la calle Eduardo Dato nº 2 de Vitoria-Gasteiz; en la Avenida Sabino Arana 3 de Bilbao, o en la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social de la calle Hermanos Otamendi 13 de Donostia-San Sebastián.
También habrá disponibles oficinas de Correos en las localidades de más de 50.000 habitantes. En Bizkaia se podrá acudir a 12, en Gipuzkoa a 7 y en Álava a 4.
En territorio vizcaíno, siete están en Bilbao (Alameda Urquijo 19, Lehendakari Agirre 22, calle Julián gayarre 84, Viuda de Epalza 3, Plaza de la Casilla, Particular Allende 12 y Doctor Espinosa Oribe 3); mientras que otras dos se ubican en Algorta (calle Terrene 6 de Algorta y calla Santa Ana 4 de las Arenas); y tres en Barakaldo (Calle Arana 8, calle Bake 34, y Plaza López de Ayala).
En Gipuzkoa, cinco se encuentran en Donostia-San Sebastián (calle Urdaneta 2, Antonio Gaztañeta 2, Claudio Anton de Luzuriaga 1, Bertsolari Txirrita 24, y Maestro Santesteban 3), y dos en Irún (en la Plaza del Ensanche 6 y en Luis de Uranzu 11).
En Álava, las cuatro oficinas de Correos que tramitarán la regularización de forma presencial se encuentran en Vitoria-Gasteiz (Calle Postas 9, Ate Legutiano 12, calle Cuba 2 y Avenida del Mediterráneo).
REQUISITOS
En base al Real Decreto del Gobierno publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 15 de abril, pueden acceder a la regularización quienes hayan solicitado Protección Internacional en España antes del 1 de enero de 2026 y las personas que se encuentran situación administrativa irregular y llegaron también antes del primer día del año.
Además, deben ser mayores de edad, no tener otra autorización de estancia o residencia vigente, haber permanecido de forma ininterrumpida en España los cinco meses anteriores a la solicitud y carecer de antecedentes penales.
En cuanto a la documentación que se requiere, se debe presentar la solicitud conforme a modelo específico disponible para descarga en el portal de la Regularización, copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje, documentación que acredite encontrarse en antes del 1 de enero en España, y haber permanecido durante los cinco meses anteriores a presentar la solicitud, mediante cualquier prueba válida en derecho, siempre que incluya datos personales que permitan acreditar su identidad.
Todo ello debe ir acompañado del certificado de antecedentes penales en España, en el país de origen, así como en los países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores.
Para acreditar la estancia pueden servir, por ejemplo, un sello de entrada en pasaporte, billetes nominativos de avión, justificante de transacciones bancarias realizadas en sucursales de territorio español, certificados oficiales de haber cursado una formación, contratos de alquiler nominativos o billetes de transporte para recorridos en territorio nacional.