TVCP detecta que Ayuntamiento de Galdakao no informó al pleno de diez modificaciones presupuestarios por 13,3 millones

Europa Press País Vasco
Actualizado: viernes, 5 noviembre 2010 19:30

BILBAO 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP) ha detectado que, en el ejercicio 2008, el Ayuntamiento de Galdakao (Bizkaia) no informó al pleno de la aprobación por el alcalde de diez modificaciones presupuestarias por un importe de 13.367.000 de euros.

El órgano fiscalizador ha realizado el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Galdakao correspondiente al ejercicio 2008, que ha sido aprobado por unanimidad.

El informe de fiscalización de la Cuenta General que incluye las cuentas del Ayuntamiento y de sus Organismos Autónomos, comprende la revisión de aspectos de legalidad en las áreas de presupuesto, ingresos, personal, contratación administrativa y subvenciones así como de aspectos contables relacionados con la presentación de las cuentas.

En el apartado de legalidad, el Tribunal emite una opinión general sobre la actuación municipal en la que se indica que se ha cumplido razonablemente con la normativa vigente, aunque se realizan una serie de salvedades. Así, en el ámbito presupuestario, el informe destaca la aprobación por parte del alcalde de una modificación presupuestaria correspondiente al crédito global y de un expediente de habilitación de crédito cuando la aprobación correspondía el Pleno.

En relación al personal, el TVCP indica que el Ayuntamiento no ha publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia el acuerdo regulador y el convenio colectivo de las condiciones de trabajo del personal funcionario y laboral para el periodo 2008-2010. Tampoco se han publicado por parte de los dos Organismos Autónomos los acuerdos de adhesión al convenio colectivo de las condiciones de trabajo del personal laboral al servicio del Ayuntamiento.

Además, el órgano fiscalizador indica que en la contratación temporal de 25 profesores del Centro Municipal de Actividades Musicales, no se ha garantizado el cumplimiento de los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad que rigen el acceso a la Función Pública.

En este mismo apartado, el TVCP señala que el Ayuntamiento ha incumplido la Ley de Contratos del Sector público y el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en diversos casos, como en el caso de fraccionamiento "indebido del objeto del contrato en la realización de gastos" y de un contrato de obras en el que se ha aprobado la adjudicación definitiva "con posterioridad a la ejecución de las obras".

AYUDA A DOMICILIO

Además, un contrato de servicios para la gestión del servicio de ayuda a domicilio se ha modificado incrementándose el número de horas inicialmente contratadas en un 159,06 por ciento, según el TVCP, lo que supone "una transgresión de los principios licitatorios teniendo en cuenta que la facultad de modificación de los contratos se debe ejercer dentro de un límite prudencial".

El TVCP también ha detectado que se ha incurrido en gastos por contratos menores referidos a obras, suministros, servicios y etc. por un total de 1.320.000 euros, que no han sido autorizados por el órgano municipal competente.

Sobre la Cuenta General, el Tribunal opina favorablemente en cuanto a su presentación y contenido, realizando una salvedad, entre otras, por diversos ajustes a la contabilidad que disminuyen el Remanente de Tesorería del Ayuntamiento en 5.521 miles de euros.

Además, el TVCP efectúa una serie de consideraciones sobre el sistema de control interno y los procedimientos de gestión en las áreas de presupuestos, contabilidad, obligaciones tributarias, impuestos, personal, contratación , subvenciones, residuos de ingresos y urbanismo.

Finalmente, en relación con la situación financiera del Ayuntamiento, se informa que el ahorro neto generado y el remanente de tesorería obtenido de la Cuentas Municipales hacen prever que no existirán problemas para mantener las cifras de inversión del periodo 2006-2008.

No obstante, se señala que los ajustes propuestos por el TVCP disminuyen significativamente el remanente de tesorería, que los ingresos procedentes de la enajenación de inversiones han sido muy inferiores en los ejercicios siguientes al fiscalizado y que es previsible una reducción de los ingresos corrientes por lo que la inversiones a ejecutar en ejercicios posteriores difícilmente podrán ser financiadas mediante recursos generados de manera similar a los últimos ejercicios.

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