Aprobado el decreto ley de ayudas con más de 106 millones de euros para los sectores afectados por la pandemia

La consejera de Igualdad y portavoz de la Junta, Isabel Gil Rosiña, y el consejero de Economía, Rafael España, en rueda de prensa
La consejera de Igualdad y portavoz de la Junta, Isabel Gil Rosiña, y el consejero de Economía, Rafael España, en rueda de prensa - JUNTA DE EXTREMADURA
Publicado: miércoles, 9 junio 2021 12:58

   MÉRIDA, 9 Jun. (EUROPA PRESS) -

   El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado un decreto ley de ayudas dotado con más de 106 millones de euros para los sectores afectados por la pandemia y que pone en funcionamiento los créditos aprobados por el Gobierno de España para tal fin.

   La consejera de Igualdad y portavoz de la Junta, Isabel Gil Rosiña, y el consejero de Economía, Rafael España, han informado en rueda de prensa de este decreto, que además de regular las ayudas directas adopta otras medidas para afrontar los efectos la Covid-19, entre las que figuran las ayudas destinadas a financiar actividades de ocio y tiempo libre, enmarcadas en el Plan Corresponsables.

   De esta forma, España ha detallado que en el aprobado este miércoles se trasponen las decisiones adoptadas en el Real Decreto Ley 5/2021 de 12 marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial, en un decreto regional que contempla las bases reguladoras de las subvenciones y la convocatoria.

   El procedimiento de tramitación de las ayudas será de concesión directa sin convocatoria y los beneficiarios podrán ser empresas, autónomos y profesionales que deberán acreditar haber sufrido en el año 2020 una disminución de más de un 30 por ciento en el volumen de operaciones en comparación con 2019, o haber aplicado el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en los ejercicios 2019 o 2020.

   Estas ayudas tienen carácter finalista y deben destinarse a satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos en que hayan incurrido autónomos y empresas que puedan optar a las ayudas, primando la reducción del nominal de la deuda con aval público, siempre y cuando estas deudas se hayan devengado a partir del 1 de marzo de 2020 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

   En cuanto al procedimiento de tramitación, se ha optado por el régimen de concesión directa y sin convocatoria, dado que las ayudas se otorgan por la mera concurrencia en los solicitantes de los requisitos establecidos en el articulado para obtener la condición de beneficiarias, hasta que se agoten los recursos destinados a este fin.

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