La Consejería de Sanidad crea el Registro de Donantes de Sangre de Extremadura y su fichero automatizado de datos

Actualizado: jueves, 18 enero 2007 12:30

MERIDA, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica hoy una orden de la Consejería de Sanidad y Consumo por la que se regula el Registro de Donantes de Sangre de la Comunidad y se crea su fichero automatizado de datos.

Según la orden, que recoge Europa Press, el Registro de Donantes de Sangre de Extremadura tiene por objeto gestionar la planificación de la obtención de sangre y componentes sanguíneos, debiendo garantizar la trazabilidad de los componentes transfundidos.

Para lograr este objeto, el Registro de Donantes de Sangre de Extremadura centralizará los registros de datos de los donantes extremeños, desde la apertura del Banco de Sangre de Extremadura, en un fichero único. Además, analizará y evaluará la hemodonación en la Comunidad Autónoma.

El ámbito de aplicación de lo dispuesto en esta Orden se extenderá al Banco de Sangre de Extremadura, a los servicios de transfusión de los hospitales y clínicas de Extremadura y a las unidades de extracción de sangre para donación, los cuales recogerán los datos de todos los candidatos a donantes de sangre y los incluirán en el fichero automatizado de datos.

Asimismo, mantendrán una revisión y actualización continua de los datos; atenderán a las indicaciones emanadas, en esta materia, de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Junta de Extremadura y/o del Ministerio de Sanidad y Consumo; y facilitarán las actividades que debe realizar el registro en orden a su buen funcionamiento.

El registro recogerá la información de los candidatos a donantes, una vez expresada la voluntad de realizar la donación, en cualquiera de los puntos de extracción de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El personal facultativo del Banco de Sangre de Extremadura será el encargado de valorar, a través de un cuestionario y una entrevista, que las personas candidatas a la donación cumplan los requisitos de selección elaborados y protocolizados por el Banco de Sangre de Extremadura.

El cuestionario deberá de ser firmado por el personal sanitario que realiza la valoración, y por el propio donante confirmando con ello que da su consentimiento, tanto para continuar con la donación como para que sus datos sean incluidos en el Registro de Donantes de Extremadura.

A su vez, los datos de la información suministrada a los donantes y la recogida de ellos y la obtenida por los facultativos en la valoración de los criterios de selección así como los resultados analíticos de las donaciones, deberán conservarse al menos durante 15años.

El Registro de Donantes de Sangre de Extremadura dependerá de la Dirección General competente en materia de Asistencia Sanitaria del Servicio Extremeño de Salud. Asimismo, el Servicio Extremeño de Salud facilitará los recursos necesarios para garantizar el buen funcionamiento del Registro de Donantes de Sangre de Extremadura; y el director del Banco de Sangre de Extremadura será el responsable de la supervisión general de funcionamiento del registro.

FICHERO AUTOMATIZADO

En cuanto al fichero automatizado de datos del Registro de Donantes de Sangre de Extremadura, sólo podrá acceder a los datos sanitarios del fichero, el personal sanitario y administrativo del Banco de Sangre de Extremadura, así como el resto del personal facultativo que integra el Sistema de Hemoterapia de Extremadura, en el cumplimiento de sus tareas.

Tanto las personas que participen en la realización del fichero, como los profesionales sanitarios y administrativos que traten los datos, quedan sujetos al secreto profesional de confidencialidad de los datos que en él se contengan.