La época de peligro alto de incendios forestales se extenderá del 1 de junio al 15 de octubre

Efectivos del Plan Infomur trabajan en la extinción de un incenndio en Cehegín
Foto: 112
Actualizado: viernes, 16 mayo 2014 13:17

MÉRIDA, 16 May. (EUROPA PRESS) -

   La época de peligro alto de incendios forestales se extenderá del 1 de junio al 15 de octubre en Extremadura, ambos inclusive, aunque en función de las condiciones meteorológicas la duración de la misma podrá prorrogarse si las mismas lo aconsejan.

   De este modo se contempla en una orden de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía publicada este viernes en el Diario Oficial de Extremadura, por la que se declara además época de peligro medio de incendios forestales en todas las zonas de coordinación del Plan Infoex el periodo comprendido entre el día 19 de mayo hasta el día 31 de mayo, ambos inclusive.

   En concreto, se entiende por época de peligro medio el aumento considerable del riesgo de incendios forestales y en condiciones meteorológicas que aconsejan temporalmente el despliegue de medios del Plan Infoex.

   En el momento actual se da la circunstancia de unas condiciones meteorológicas, propias de la época estival, con una escasez de lluvias, temperaturas altas y humedad relativa más baja de lo normal, explica en nota de prensa el Gobierno regional.

MOTIVADO POR LAS CONDICIONES METEOROLÓGICAS

   Asimismo, las previsiones meteorológicas marcan un bloqueo anticiclónico que seguirá manteniendo unas condiciones de sequedad con riesgo para el inicio y propagación de los incendios forestales, en todas las zonas de coordinación del Plan Infoex. Todo ello hace que sea necesario disponer del máximo despliegue de medios del Plan Infoex para atender con la debida garantía las incidencias que pudieran surgir.

   En esta época de peligro medio se prohíben totalmente las quemas y se limitan las actividades que supongan riesgo de incendios forestales.

   Finalizado dicho periodo, se declara época de peligro alto de incendios forestales el periodo comprendido entre los días 1 de junio y 15 de octubre, ambos inclusive. No obstante, según dicta la citada orden, y en función de las condiciones meteorológicas, la duración de la época de peligro alto podrá prorrogarse si las mismas lo aconsejan.