Extremadura declara la emergencia cinegética temporal por la peste porcina africana

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Europa Press Extremadura
Publicado: miércoles, 10 diciembre 2025 18:12

   MÉRIDA, 10 Dic. (EUROPA PRESS) -

   La Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible han firmado una resolución por la que se declara la emergencia cinegética temporal por riesgo sanitario en Extremadura por la peste porcina.

   También se establecen medidas cinegéticas excepcionales para el control de las poblaciones de jabalí y se adoptan otras medidas sanitarias de salvaguardia frente a dicha enfermedad vírica, que es "altamente contagiosa" y afecta a los cerdos domésticos y silvestres, con un índice de mortalidad que puede llegar a alcanzar el 100 por cien.

   La presente resolución será de aplicación durante todo el tiempo en que se mantenga la situación de emergencia cinegética por riesgo de peste porcina africana y su finalización será declarada oficialmente y se hará pública en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).

    La resolución, que publica este miércoles el DOE y recoge Europa Press, entrará en vigor este jueves 11 de diciembre.

   Aunque esta enfermedad no es considerada como una zoonosis y, por tanto, no representa ningún peligro para la salud humana, produce "efectos devastadores· en las poblaciones porcinas (tanto domésticas como silvestres) y en la economía de los sistemas de producción del sector porcino.

   La peste porcina africana conlleva "graves repercusiones" económicas y sanitarias y la especie jabalí se considera un reservorio silvestre con capacidad para mantener y diseminar la enfermedad en el medio natural, incrementando el riesgo para las explotaciones porcinas intensivas y extensivas.

   Así, en el contexto descrito, mediante la presente resolución se adoptan una serie de medidas de control que se circunscriben exclusivamente a medidas cinegéticas excepcionales sobre la especie jabalí y otras de carácter sanitario derivadas de las anteriores, que se articulan a través de instrumentos previstos en la Ley de Caza de Extremadura y su normativa de desarrollo, con carácter temporal y revisables, limitándose al tiempo en que se mantenga la situación de riesgo sanitario descrita.

   Dichas medidas, consisten en adaptar temporalmente los periodos y días hábiles de caza del jabalí, la intensidad de las modalidades de aguardo, rececho y batidas, y las condiciones de manejo sanitario y de gestión de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano (SANDACH).

   Las medidas de salvaguardia se adoptan con el "objetivo prioritario" de disminuir la probabilidad de entrada y difusión del virus de la peste porcina africana en Extremadura a fin de proteger al sector porcino regional, así como a la propia actividad cinegética, sectores ambos de "relevancia prioritaria" para la región a nivel socioeconómico.

(Más información en Europa Press)

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