MÉRIDA, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres ha condenado a una mujer en Cáceres a pagar 6.251 euros a la cuidadora de su madre tras despedirla cuando se encontraba embarazada de varias semanas.
Dicha cantidad debe ser abonada por daño derivado de la vulneración de derechos fundamentales, según el fallo, que declara nulo el despido de la cuidadora.
La sentencia, recogida por Europa Press, estipula también a la condenada que debe reintegrar a la cuidadora en su puesto, en las mismas condiciones anteriores a su despido, así como además abonarle los salarios dejados de cobrar desde el día de su despido (el 30 de octubre de 2018), hasta su reincorporación efectiva.
Como hechos probados, la sentencia recoge que A.O. venía desempeñando sus servicios para la empresa A.R.T. en la localidad de Cáceres desde el día 1 de julio de 2017 realizando las funciones de la categoría profesional de empleada de hogar con un salario mensual incluido el prorrateo de pagas extras de 858,55 euros. Las tareas concretas que la ocupaban eran las del cuidado de la madre de la demandada, una mujer de noventa y tres años.
Asimismo, con fecha 30 de octubre de 2018 la empresa demandada remite comunicación a la demandante por la cual le participa su despido, según el fallo, que añade que la cuidadora, que se encontraba embarazada de varias semanas, entregó en mano a la empleadora el 29 de octubre de 2018 un parte de baja que anunciaba que ésta duraría 32 días.
En el parte no figura la causa de la baja, y al día siguiente, 30 de octubre de 2018, la demandada despidió a la cuidadora, la cual además por "causas fisiológicas asociadas a sus anteriores problemas de salud", en concreto a los miomas que padece, abortó de modo "espontáneo" el 10 de noviembre de 2018.
Finalmente, la sentencia no es firme y contra la misma se puede interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).