El nuevo decreto de ayudas de la Junta a cooperación para desarrollo permite adelantar el 100 por cien de la subvención

Actualizado: domingo, 15 noviembre 2009 15:04

MÉRIDA, 15 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado un decreto por el que se regulan específicamente las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo, en las que se introducen novedades como el abono del 100 por cien de la subvención a los beneficiarios en el momento de la resolución o firma del convenio.

Hasta ahora, los beneficiarios recibían inicialmente el 80 por ciento de la ayuda, mientras que el 20 por ciento restante quedaba para un segundo pago, previo informe y justificación documental del importe ya recibido.

En cambio, el nuevo decreto establece un único pago por el 100 por cien de la subvención, con el fin de agilizar el desarrollo y la gestión de los proyectos, según informó la Junta en nota de prensa.

Asimismo, de acuerdo con las líneas estratégicas de la Cooperación Española, se dará prioridad a un grupo de países, con el fin de que esta mayor concentración permita conseguir una mayor eficacia.

En este sentido, y por primera vez, el decreto establece que el 70 por ciento de los recursos destinados a proyectos de cooperación para el desarrollo se destine a los siguientes países: El Salvador, Nicaragua, Bolivia, Ecuador, Paraguay, R.D. del Congo, Malí, Mozambique, Camerún y Guinea Bissau.

TRES MODALIDADES

El decreto determina también de una forma más clara las vías de actuación en materia de cooperación al desarrollo. Así, establece tres modalidades de intervención (cooperación directa, concertada e indirecta) y cinco tipos de instrumentos o proyectos: cooperación para el desarrollo; educación para el desarrollo; acciones humanitarias; gestión, formación y evaluación de la cooperación, e investigación e innovación.

Los proyectos de cooperación o de educación para el desarrollo presentados por ONGD, entidades privadas sin ánimo de lucro, otras entidades de derecho público españolas o administraciones públicas de los países beneficiarios se tramitarán por el procedimiento de concurrencia competitiva.

Los demás proyectos (acciones humanitarias, formación e investigación) lo harán a través de concesión directa por convocatoria abierta.

En general, la subvención podrá llegar hasta el 80 por ciento del coste del proyecto. No obstante, cuando los beneficiarios sean la Administración General del Estado u organismos internacionales, la subvención podrá alcanzar el 100 por cien del proyecto.

Los proyectos de cooperación para el desarrollo, de gestión, formación y evaluación de la cooperación, y de investigación e innovación tendrán un periodo límite de ejecución de 24 meses y recibirán una subvención máxima de 250.000 euros por anualidad.

Los proyectos de educación para el desarrollo se llevarán a cabo en Extremadura y tendrán como objetivo alguna de estas áreas de actuación: sensibilización y toma de conciencia sobre la globalización; las relaciones Norte-Sur y los Objetivos del Milenio; desarrollo del concepto de ciudadanía global; incorporación de hábitos de conducta y participación; igualdad de género y defensa de los derechos humanos.

En este caso, los proyectos no excederán de doce meses, ajustándose al año natural. La subvención no superará los 40.000 euros, en el caso de una única entidad solicitante, o los 90.000 euros, en el caso de agrupaciones de dos o más entidades.

AYUDAS DOTADAS DE 14 MILLONES

Por otro lado, y con el fin de agilizar la tramitación, el decreto abre las convocatorias de todas las ayudas de cooperación para el desarrollo correspondientes al año 2010, que están dotadas con 14 millones de euros.

En concreto, 7.020.000 euros se destinarán a las ayudas a proyectos de cooperación presentados por ONGD y otras entidades; 900.000 euros a proyectos de educación; 2.080.000 euros a acciones humanitarias, y 4.020.000 euros a proyectos de cooperación directa, cooperación concertada, gestión, formación y evaluación de la cooperación, e investigación e innovación.