MÉRIDA 28 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo (TS) ha declarado nula una resolución de 12 de marzo de 1998 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Extremadura, por la que dicha institución adjudicó a nueve empresas sendas emisoras de radio FM en otras tantas localidades de la región.
Así lo indicó en rueda de prensa el representante legal de la sociedad Compañía Mercantil Cáceres, Badajoz y Mérida S.L. (CBM), Ángel Acedo, que aclaró que dicha entidad interpuso en su día un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) contra la citada resolución que adjudicaba las emisoras, ninguna de ellas a CBM.
El TSJEx, en sentencia de 30 de diciembre de 2002, según apuntó Acedo, decidió anular el concurso de 1998 y adjudicar ocho de las emisoras a CBM y otra a una empresa de Miajadas. No obstante, las adjudicaciones no fueron solicitadas "por motivos económicos" por CBM y no se realizaron debido a que la Junta y otras empresas concurrentes presentaron recursos de casación ante el Tribunal Supremo contra dicha sentencia del TSJEx.
La sentencia del TS, dictada el pasado día 14 y notificada ayer, y que fue facilitada por Acedo a los medios de comunicación, "obliga" ahora a la Junta de Extremadura a baremar de nuevo los méritos de las 43 empresas que en el concurso de 1998 se presentaron como aspirantes para las adjudicaciones de las emisoras, según indicó el representante legal de CBM.
Basándose en la sentencia del Tribunal Supremo, Acedo añadió que la Administración regional deberá realizar de nuevo la baremación "de acuerdo con los criterios y bases del concurso, y también con los criterios contenidos en la sentencia recurrido de 30 de diciembre de 2002, de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura".
CARÁCTER FIRME
La sentencia actual del Tribunal Supremo "tiene carácter firme, anula definitivamente las concesiones y obliga a baremar de nuevo las 43 empresas que concurrieron en su día al concurso", dijo Acedo, que añadió que la Administración autonómica dispone ahora de dos meses de plazo para aplicar "voluntariamente" la decisión judicial.
En este sentido, aclaró que las nueve emisoras adjudicadas en 1998 a día de hoy no disponen de concesión administrativa, tras el fallo del Tribunal Supremo, por lo que se encuentran en situación "alegal o ilegal", y recalcó que el Ejecutivo regional deberá baremar de nuevo a las 43 empresas concursantes "en base a los méritos que alegaron en el concurso de 1998".
Asimismo, Ángel Acedo ofreció a la Junta de Extremadura la colaboración "sincera y amplia" de la empresa CBM "para la ejecución de la sentencia y no entrar en una guerra política". "La Junta se equivocó y nuestros apellidos perjudicaron, pero lo pasado es pasado y tiendo la mano para cumplir la sentencia", declaró Acedo.
Finalmente, a preguntas de los periodistas afirmó que si tras la nueva baremación CBM conservase las ocho emisoras adjudicadas por la sentencia de diciembre de 2002 por el Tribunal Superior de Justicia de Extermadura, "no está determinado si nos sumaremos a una cadena nacional o formaremos un grupo propio".